Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 17/12/1985

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo y Seguridad Social

ORDEN de 2 de diciembre de 1985, por la que se dispone la publicación del convenio de cooperación entre la Consejería de Trabajo y Seguridad Social y el Ayuntamiento de Granada para el desarrollo de diversos programas en materia de servicios sociales.

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Habiéndose suscrito el 23 de noviembre de 1985 un Convenio de Cooperación entre la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía y el Excmo. Ayuntamiento de Granada para el desarrollo de diversos programas en materia de Servicios Sociales, procede dar al mismo la necesaria difusión mediante su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En su virtud, y en uso de las facultades que me están conferidas.

DISPONGO:

Artículo único. Publíquese en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Convenio de Cooperación para el desarrollo de diversos programas en materia de Servicios Sociales, suscrito el 23 de noviembre de 1985 entre la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía y el Excmo. Ayuntamiento de Granada.

Sevilla, de diciembre de 1985

JOAQUIN J. GALAN PEREZ

Consejero de Trabajo y Seguridad Social

CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA CONSEJERIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA JUNTA DE ANDALUCIA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GRANADA PARA EL DESARROLLO DE DIVERSOS PROGRAMAS EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES

-------------------------------------------------------------------------- En la ciudad de Granada, a 23 de noviembre de 1985

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Joaquín J. Galán Pérez, Consejero de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en la Orden de 28 de marzo de 1985.

Y de otra, el Excmo. Sr. D. Antonio Jara Andreu, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Granada, al que asiste D. Angel Sánchez Martín, Secretario General que da fe de la firma del presente Convenio.

Los reunidos se reconocen plena capacidad para obligarse con el carácter con que intervienen y, a tal fin,

EXPONEN

Primero. Por Reales Decretos 251/1982, de 15 de enero y 2114/1984, de 1 de agosto, se procedió a transferir a la Comunidad Autónoma de Andalucía las competencias, funciones y servicios del Estado en materia de servicios y Asistencias Sociales, en las que tiene atribuidas competencia exclusiva de conformidad con el Art. 13.22 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Segundo. De acuerdo con el Art. de la Orden de 8 de marzo de 1985, por la que se establece el régimen unificado de ayudas públicas, son destinatarios de estas ayudas, entre otros, las Corporaciones Locales e Instituciones, sin ánimo de lucro, que presten servicios dirigidos a la atención de necesidades sociales o promoción de acciones en el campo de los Servicios Sociales.

Tercero. Asimismo, el Art. 4. de la precitada Orden, señala que las ayudas se otorgaran con carácter de subvención y podrán concederse directamente o en el marco de conciertos que recojan las obligaciones recíprocas.

Cuarto. Por otra parte, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en su Art. 25 establece que el municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. En todo caso, ejercerá competencias, según el apartado k) de dicho artículo, en la prestación de los servicios sociales, promoción y reinserción social.

Quinto. El Art. 57 de la precitada Ley de Bases, prevé que la cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración Local y las Administraciones del Estado y de las Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, se desarrollará con carácter voluntario, bajo las formas y en los términos previstos en las leyes, pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante consorcios y convenios administrativos que se suscriban.

Sexto. En virtud de cuanto antecede, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio conforme a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera. El Excmo. Ayuntamiento de Granada se compromete a la gestión y dirección, conforme a las orientaciones que dimanen de la Dirección General de Servicios Sociales, de los siguientes programas:

Centro de Orientación y Atención Social.

Tercera Edad.

Servicio de Ayuda a Domicilio.

Minorías Etnicas (estudio)

Jornadas sobre movilidad. Señalización sin Barrera.

Actividades propias del Consejo.

Prevención de la delincuencia.

Segunda. En orden a realizar las actividades que conlleva la ejecución de las programaciones mencionadas, el Excmo. Ayuntamiento de Granada asume las obligaciones siguientes:

a) Aportar la cantidad global de treinta y seis millones setecientas cincuenta y una mil quinientas diecisiete pesetas (36.751.517 ptas.), para la ejecución de distintos programas, según detalle que figura en los Anexos incorporados al presente Convenio.

b) Facilitar a la Dirección General de Servicios Sociales cuanta información se precise para conocer el grado de ejecución de los programas y, en todo caso, una memoria semestral de carácter económico y técnico referente a cada uno de los mismos.

c) Asistir a las reuniones que convoque la Dirección General de Servicios Sociales de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social en orden a conseguir el exacto cumplimiento de los programas, su evaluación periódica y, en todo caso, las posibles modificaciones que se acordasen entre las partes.

d) Mencionar la colaboración de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social en cuantos carteles y escritos se refieran a las actividades objeto del presente Convenio.

Tercera. La Consejería de trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, se compromete a aportar en concepto de la Junta de subvención, la cantidad global de treinta y seis millones veintiuna mil setecientas setenta pesetas (36.021.770 ptas.) que asimismo se detallan en los Anexos citados.

La financiación de tales ayudas se efectuarán conforme a lo previsto en la Orden de 28 de marzo de 1985 mediante consignación fijada al efecto con cargo al Fondo de Asistencia Social.

Cuarta. La Consejería de Trabajo y Seguridad Social se reserva el ejercicio de las facultades de supervisión, control y seguimiento de los Programas de acuerdo con el Art. 10 de la Orden 28 de marzo de 1985 En virtud de ello, podrá solicitar en cualquier momento datos e informes considere necesario.

Quinta. El periodo de vigencia de este Convenio será como máximo de un año desde la fecha de su firma, salvo que se acuerde por las partes la prórroga del mismo.

No obstante, el incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones por algunas de las partes firmantes, será causa suficiente para denunciar y resolver el presente Convenio.

En prueba de conformidad y comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, firman el presente documento, por duplicado, en el lugar y fecha al inicio indicados.

Firmado y rubricado.- El Consejero de Trabajo y Seguridad Social. Joaquín J. Galán Pérez.

Firmado y rubricado.- El Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Granada, Antonio Jara Andreu.

ANEXO I

PROGRAMAS SECTORIALES 1985

DENOMINACION: Centro de Orientación y Atención Social (COAS.)

OBJETIVO BASICO: Mantenimiento de un servicio de ayudas y promoción social, de ámbito provincial. En el sector transeúntes, marginados y personas o grupos en situación carencial o de marginación.

POBLACION ATENDIDA UBICACION DEL PROGRAMA: Ciudad de Granada

FECHA INICIACION: enero 1985 FECHA TERMINACION: diciembre 1985

RECURSOS NECESARIOS PARA LLEVAR A CABO EL PROGRAMA

PERSONAL NECESARIO

-------------------------------------------------------------------------- N. CATEGORIA DEDICACION

3 Asistentes Sociales DP.

1 Psicólogo DP.

1 Ordenanza DP.

MEDIOS MATERIALES NECESARIOS

Ortopedia

Billetes viajes

Gastos internos

Equipamiento

Taller ocupacional

Campaña mendicidad

COSTE TOTAL DEL PROGRAMA: Cuarenta y nueve millones ochocientas setenta y tres mil quinientas setenta y ocho pesetas (49.873.578 Ptas.)

APORTACION DEL AYUNTAMIENTO: Cuatro millones setecientas ochenta y tres mil setecientas noventa y cuatro pesetas (4.783.794 Ptas.)

APORTACION DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES: Diecinueve millones trescientas siete mil cuatrocientas sesenta y seis pesetas (19.307.466 Ptas.)

APORTACION DE OTROS ORGANISMOS: 15.345.608 Ptas.

Cruz Roja (local)

Diputación Provincial 3.600.000 Jesús Abandonado y

Damas Apostólicas 11.245.608 Cáritas 500.000 ------------------

Total... 15.345.608 Ptas.

OBSERVACIONES:

PROGRAMAS SECTORIALES 1985

DENOMINACION: Tercera Edad

OBJETIVO BASICO: Prestar una atención integradora: Bono Bus. Viajes. Intervenciones Psicogerontológicas.

POBLACION ATENDIDA: 10.000 ancianos UBICACION DEL PROGRAMA: Granada

FECHA INICIACION: enero 1985 FECHA TERMINACION: diciembre 1985

RECURSOS NECESARIOS PARA LLEVAR A CABO EL PROGRAMA

PERSONAL NECESARIO

-------------------------------------------------------------------------- N. CATEGORIA DEDICACION

MEDIOS MATERIALES NECESARIOS

Bono Bus

Actividades de promoción, tiempo libre y deportes

Estudio Gerontológico

Viajes

Equipamientos local Consejo

COSTE TOTAL DEL PROGRAMA: Dieciocho millones novecientas veinticuatro mil cuarenta pesetas (18.924.040 Ptas.)

APORTACION DEL AYUNTAMIENTO: Catorce millones novecientas mil pesetas (14.900.000 Ptas.)

APORTACION DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES: Tres millones trescientas treinta y tres mil doscientas pesetas (3.333.200 Ptas.)

APORTACION DE OTROS ORGANISMOS:

OBSERVACIONES:

PROGRAMAS SECTORIALES 1985

DENOMINACION: Servicio de ayuda a domicilio

OBJETIVO BASICO: Conseguir mejor calidad de vida a la persona atendida, que los beneficiarios del programa permanezcan en su medio familiar y social y evitar la institucionalización.

POBLACION ATENDIDA: 47 ancianos UBICACION DEL PROGRAMA: Ciudad de Granada

FECHA INICIACION: enero 1985 FECHA TERMINACION: diciembre 1985

RECURSOS NECESARIOS PARA LLEVAR A CABO EL PROGRAMA

PERSONAL NECESARIO

-------------------------------------------------------------------------- N. CATEGORIA DEDICACION

1 Médico

1 ATS.

1 Asistente Social

1 Auxiliar Administrativo

7 Auxiliares de Hogar 5 Meses

6 Auxiliares de Hogar 1 Mes

8 Auxiliares de Hogar 4 Meses

MEDIOS MATERIALES NECESARIOS

Comidas

Transporte (Bono Bus y gasolina)

Adquisición vehículo

Lavandería

Cooperativa (2 meses)

COSTE TOTAL DEL PROGRAMA: Veintidós millones veintiuna mil quinientas noventa y dos pesetas (22.021.592 Ptas.)

APORTACION DEL AYUNTAMIENTO: Once millones ciento sesenta y seis mil quinientas cincuenta y dos pesetas (11.166.552 Ptas.)

APORTACION DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES: Ocho millones seiscientas cuarenta y dos mil ochocientas noventa pesetas (8.642.890 Ptas.)

APORTACION DE OTROS ORGANISMOS: 2.212.150 Ptas.

Dirección General de Cooperativas 2.212.150 Ptas.

PROGRAMAS SECTORIALES 1985

DENOMINACION: Minorías Etnicas (estudio)

Objetivo Básico: Desarrollo y promoción de la población gitana (enfoque comunitario).

POBLACION ATENDIDA: Gitanos de Granada UBICACION DEL PROGRAMA: Polígono Almanjayar

FECHA INICIACION: Año 1985 FECHA TERMINACION: Año 1985

RECURSOS NECESARIOS PARA LLEVAR A CABO EL PROGRAMA

PERSONAL NECESARIO

-------------------------------------------------------------------------- N. CATEGORIA DEDICACION

1 Asistente Social

1 Auxiliar Administrativo 1/2 jornada

MEDIOS MATERIALES NECESARIOS

Estudio Antropológico

Antropologa

Publicación y diseño, estudio

COSTE TOTAL DEL PROGRAMA: Cuatro millones setecientas setenta y siete mil quinientas cincuenta y ocho pesetas (4.777.558 Ptas.)

APORTACION DEL AYUNTAMIENTO: Un millón ochocientas cuarenta mil ochocientas veintitrés pesetas (4.777.558 Ptas.)

APORTACION DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES: Dos millones novecientas treinta y seis mil setecientas treinta y cinco pesetas (2.936.735 Ptas.)

APORTACION DE OTROS ORGANISMOS

OBSERVACIONES

PROGRAMAS SECTORIALES 1985

DENOMINACION: Jornadas sobre movilidad, señalización itinerario sin barrera. Actividades propias del consejo.

OBJETIVO BASICO: Movimiento y comunicación de los minusválidos con independencia de sus desplazamientos, de cara a la integración de éstos en la vida diaria (trabajos, escuelas...)

POBLACION ATENDIDA: Minusválidos UBICACION DEL PROGRAMA: Granada

FECHA INICIACION: Año 1985-1986 FECHA TERMINACION:

RECURSOS NECESARIOS PARA LLEVAR A CABO EL PROGRAMA

PERSONAL NECESARIO

-------------------------------------------------------------------------- N. CATEGORIA DEDICACION

MEDIOS MATERIALES NECESARIOS

Jornada movilidad

Colonias de integración

Señalización de itinerarios

Actividades del Consejo

COSTE TOTAL DEL PROGRAMA: Dos millones ciento setenta y cinco mil pesetas (2.175.000 Ptas.)

APORTACION DEL AYUNTAMIENTO: Un millón novecientas cincuenta mil pesetas (1.950.000 Ptas.)

APORTACION DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES: Doscientas veinticinco mil pesetas (225.000 Ptas.)

APORTACION DE OTROS ORGANISMOS:

PROGRAMAS SECTORIALES 1985

DENOMINACION: Prevención de la delincuencia

OBJETIVO BASICO: Ayudar a los menores y jóvenes a superar su situación de marginación. Implicar al barrio en la problemática de niños y jóvenes. Actuar en la sintomatología y las causas que producen la marginación, utilizando las técnicas específicas y adecuadas para las distintas situaciones.

POBLACION ATENDIDA: Jóvenes y niños UBICACION DEL PROGRAMA: de Cartuja y Polígono Almanjayar

Polígono Almanjayar

FECHA INICIACION: junio-septiembre 1985 FECHA TERMINACION: RECURSOS NECESARIOS PARA LLEVAR A CABO EL PROGRAMA

PERSONAL NECESARIO

-------------------------------------------------------------------------- N. CATEGORIA DEDICACION

1 Psicólogo 7 Meses

1 Asistente Social

MEDIOS MATERIALES NECESARIOS

Talleres

Campaña

Sala juventud

COSTE TOTAL DEL PROGRAMA: Tres millones seiscientas ochenta y seis mil ochocientas veintisiete pesetas (3.686.827 Ptas.)

APORTACION DEL AYUNTAMIENTO: Dos millones ciento diez mil trescientas cuarenta y ocho pesetas (2.110.318 Ptas.)

APORTACION DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES: Un millón quinientas setenta y seis mil cuatrocientas setenta y nueve pesetas (1.576.479 Ptas.)

APORTACION DE OTROS ORGANISMOS:

ANEXO 2

CONSTITUCION DE LA COMISION DE SEGUIMIENTO

CONVENIO DE COOPERACION

ENTRE LA CONSEJERIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DE LA JUNTA DE ANDALUCIA

Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GRANADA

PARA EL DESARROLLO DE DIVERSOS PROGRAMAS

EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES

-------------------------------------------------------------------------- CONSTITUCION DE LA COMISION DE SEGUIMIENTO

De acuerdo con la estipulación segunda, número 2, del Convenio, el Excmo. Ayuntamiento de Granada asume la obligación de facilitar a la Dirección General de Servicios Sociales la información necesaria para conocer el grado de ejecución de los programas, ya que en base a la estipulación Cuarta, la Consejería de Trabajo y Seguridad Social se reserva el ejercicio de las facultades de supervisión, control y seguimiento de los mismos, según el artículo 10 de la Orden de 28 de marzo de 1985.

No obstante, procede la constitución de una Comisión de Seguimiento que facilite la coordinación entre las partes, en orden a conseguir un adecuado desarrollo de los distintos programas en los plazos y condiciones previstos en el Convenio.

Dicha Comisión, estará integrada de la siguiente forma: Por parte de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social. El Delegado Provincial de Trabajo y Seguridad Social.

El Director Provincial de la ASERSASS.

Un técnico especializado en Servicios sociales de la Delegación Provincial de Trabajo y Seguridad Social.

Por parte del Excmo. Ayuntamiento de Granada:

El Delegado de Area de Servicios Sociales.

El Coordinador de Servicios Sociales.

El Gerente o persona responsable de Servicios Sociales. La propia Comisión nombrará un Secretario que garantizará la agilidad y eficacia de las reuniones para lo cual podrá recabar la colaboración que estime conveniente.

En cualquier caso, la Dirección General de Servicios Sociales podrá estar presente en las reuniones de la Comisión, a través de la persona que designe al efecto, la cual fijará las directrices y objetivos para el adecuado cumplimiento del Programa.

La Comisión de Seguimiento será la encargada, entre otros cometidos, de establecer el calendario y organización de los distintos programas, el seguimiento y control directo, así como gestionar la financiación de los mismos.

Se reunirá cuantas veces sea necesario y, en todo caso, una vez al trimestre, debiendo remitir una memoria semestral sobre el desarrollo de los distintos Programas a la Dirección General de Servicios Sociales.

Sevilla, 23 de noviembre de 1985

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