Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 11/01/1985

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda

ORDEN de 31 de diciembre de 1984, por la que se desarrolla el Decreto 296/1984, de 20 de noviembre, sobre estructura orgánica de la Consejería de Hacienda.

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La aprobación por Decreto 296/1984, de 20 de noviembre, de una nueva estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, como consecuencia de la plena asunción de sus competencias, obliga a completarla con el establecimiento de los Unidades administrativas inferiores, jerárquicamente ordenadas, que permitan el normal desarrollo de sus funciones.

En su virtud, previa aprobación de la Consejería de la Presidencia, y haciendo uso de la autorización concedida en la Disposición Final 1ª del Decreto 296/84, esta Consejería de Hacienda ha dispuesto:

Primero. Viceconsejería.

Uno. El Inspector General de Servicios estará asistido por un número de Inspectores de Servicio no superior a cuatro con nivel de Jefe de Sección

Dos. La Intervención Delegada constará de una sección Fiscal y de Contabilidad articulado en:

Negociado Fiscal.

Negociado de Contabilidad.

Segundo. Secretaría General Técnica.

Uno. El Servicio de Estudios y Legislación se estructurará en las siguientes Unidades:

a) Sección de Documentación y Estudios

Negociado de Documentación.

b) Sección de Recursos y Legislación.

Negociado de Legislación.

Negociado de Informes y Recursos.

Dos. El Servicio de Administración General y Presupuestaria constará de.

a) Sección de Régimen Interior y Personal. Negociado de Registro General e Información. Negociado de Personal.

Negociado de Archivo.

b) Sección de Gestión Económica y Presupuestaria. Negociado de Habilitación y Material.

Negociado de Programación y Gestión Presupuestaria.

c) Sección de Coordinación de Servicios Periféricos. Negociado de Asuntos Generales.

Tres. El Servicio de Informática estará compuesto de:

a) Sección de Desarrollo y Mantenimiento de Sistemas. Negociado de Diseño y Análisis de Sistemas. Negociado de Programación y Mantenimiento.

b) Sección de Explotación

Negociado de Preparación y Control de Datos y Trabajos. Negociado de Operaciones.

Tercero. Dirección General de Tributos.

Uno. El Servicio de Impuestos Patrimoniales se integrará en

a) Sección de Impuestos Generales.

Negociado de Sucesiones y Donaciones.

Negociado de Transmisiones Patrimoniales. b Sección del Impuesto extraordinario sobre el patrimonio. Negociado de Régimen General

Dos El Servicio de Impuesto de Lujo, Tributos Propios y demás Ingresos, se compondrá de:

a) Sección de Impuesto de Lujo

Negociado de Régimen General.

b) Sección de Tasas sobre el Juego.

Negociado de Rifas y Tómbolas.

Negociado de Juegos de Suerte, Envite y Azar.

c) Sección de Tributos propios y otros Ingresos. Negociado de Impuesto sobre Tierras Infrautilizadas. Negociado de Tasas.

Negociado de Otros Ingresos.

Tres. El Servicio de Haciendas Locales quedará estructurado en:

a) Sección de Asesoramiento.

Negociado de Asesoramiento Tributario.

b) Sección de Colaboración.

Negociado de Régimen General.

Cuarto. Dirección General de Inspección Financiera y Tributaria. Una. El Servicio de Inspección estará organizado en:

a) Sección de Planificación

Negociado de Planes de Inspección.

Negociado de Relaciones Externas.

b) Sección de Administración.

Negociado de Régimen General.

Negociado de Apoyo Técnico.

Dos. El Servicio de Valoración y Asistencia Técnica constará de:

a) Sección de Coordinación.

Negociado de Coordinación Externa.

Negociado de Coordinación Interna.

b) Sección de Valoración.

Negociado de Criterios de Valoración.

Negociado de Estudios de Valoración.

Quinto. Dirección General de Patrimonio.

Uno. El Servicio de Patrimonio contará con:

a) Sección de Gestión de Bienes y Derechos.

Negociado de Bienes Inmuebles.

Negociado de Bienes Muebles, Participaciones empresariales y otros Derechos.

b) Sección de Edificios Administrativos

Negociado de Asuntos Generales.

Negociado de Arrendamientos.

Dos. El Servicio de Contratación Administrativa estará integrado por:

a) Sección de Contratación.

Negociado de Gestión Administrativa

Negociado de Registro de Contratos Administrativos.

b) Sección de Suministros.

Negociado de Tramitación.

Negociado de Bienes de Adquisición Centralizada.

Tres. El Servicio de Inventario constará de:

a) Sección de Inventario General y Parque Móvil.

Negociado de Inventario.

Negociado de Parque Móvil.

Sexto. Dirección General de Presupuestos.

Uno. El Servicio de Presupuestos de Actividades Sociales se compondrá de:

a) Sección de Gastos Corrientes.

Negociado de Control y Seguimiento.

Negociado de Tramitación de expedientes.

b) Sección de Operaciones de Capital.

Negociado de Control y Seguimiento.

Negociado de Tramitación de expedientes.

c) Sección de Gastos de Personal.

Negociado de Gestión de Retribuciones.

Negociado de Asuntos Generales y Efectivos.

Dos. El Servicio de Presupuesto de Actividades Generales y Económicas estará compuesto de:

a) Sección de Gastos Corrientes.

Negociado de Control y Seguimiento.

Negociado de Tramitación de expedientes.

b) Sección de Operaciones de Capital.

Negociado de Control y Seguimiento.

Negociado de Tramitación de expedientes.

c) Sección de Gastos de Personal.

Negociado de Gestión de Retribuciones.

Negociado de Asuntos Generales.

Tres. El Servicio de Presupuestos de Entidades Gestoras de la Seguridad Social se articulará en:

a) Sección de Gastos de Personal.

Negociado de Efectivos y Retribuciones.

Negociado de Elaboración y Gestión Presupuestario.

b) Sección de Otros Gastos Corrientes y de Capital.

Negociado de Asuntos Generales y Control.

Negociado de elaboración y Gestión Presupuestaria.

b) Sección de Otros Gastos corrientes y de Capital.

Negociado de Asuntos Generales y Control.

Negociado de elaboración y Gestión Presupuestaria.

Cuarto. El Servicio de Informes Financieros y Análisis de Costes constará de:

a) Sección de Centros de Costes.

Negociado de Costes de Personal.

Negociado de Otros Costes Corrientes y de Capital.

b) Sección de Informes Financieros.

Negociado 1º.

Negociado 2º.

Séptimo. Dirección General de Tesorería.

Una. El Servicio de Tesorería constará de:

a) Sección de caja.

Negociado de ingresos.

Negociado de Pagos.

b) Sección de Operaciones de la Deuda.

Negociado de Intereses.

Negociado de Emisiones y Cancelaciones.

c) Sección de Seguimiento y Control de Cuentas en Entidades Financieras. Negociado de Bancos.

Negociado de Cajas de Ahorros.

Dos. El Servicio de Ordenación de Pagos se estructurará en:

a) Sección de Ordenación de Pagos Centrales.

Negociado de Consejerías Económicas y Generales.

Negociado de Consejerías Sociales.

Tres. El Servicio de Tesorería de la Seguridad Social se compondrá de:

a) Sección de Ordenación de Pagos Centrales.

Negociado 1º.

Negociado 2º.

b) Sección de Ordenación de Pagos Periféricos.

Negociado 1 º.

Negociado 2º.

Cuatro. Intervención Delegada.

Sin perjuicio de su dependencia funcional de la Intervención General, estará integrada por:

a) Sección de Verificación.

Negociado 1º (Consejerías Económicas y Generales).

Negociado 2 ) (Consejerías Sociales).

b) Sección de Contabilidad.

Negociado 1º (Consejerías Económicas y Generales).

Negociado 2º (Consejerías Sociales).

Octavo. Intervención General.

Uno. El Servicio Fiscal estará organizado en:

a) Sección Fiscal de Actividades Económicas y Generales. Negociado de Gastos de Personal.

Negociado de Gastos Diversos.

b) Sección Fiscal de Actividades Sociales.

Negociado de Gastos de Personal.

Negociado de Gastos Diversos.

c) Sección de Inversiones del F.C.I.

Negociado de Inversiones Centralizadas.

Negociado de Inversiones Desconcentradas.

d) Sección de Otras Inversiones y Transferencias de Capital. Negociado 1º de Certificaciones de Obras.

Negociado 2º de Certificaciones de Obras.

Dos. El Servicio de Contabilidad General estará constituido por:

a) Sección de Contabilidad General.

Negociado de Ingresos y Pagos.

Negociado de Relaciones con Tesorería y Archivo.

b) Sección de Justificación de Cuentas y Certificaciones de Descubierto. Negociado de Justificación de Cuentas.

Negociado de Certificaciones de Descubierto.

Tres. El Servicio de Control Financiero se compondrá de:

a) Sección de Administración.

Negociado de Apoyo Administrativo.

Cuarto. El Servicio de Coordinación con la Seguridad Social constará de:

a) Sección Fiscal.

Negociado de formalización de Gastos.

Negociado de Servicios no Concertados.

b) Sección de Asuntos Generales.

Negociado de Asuntos Diversos.

Negociado de Recepción de Obras

Cinco. El Servicio de Cuentas Económicas de la Seguridad Social estará constituida por:

a) Sección de Contabilidad Financiera.

Negociado de enlace con Instituciones Territoriales.

Negociado de Contabilidad Financiera.

b) Sección de Contabilidad y Rendición de Cuentas.

Negociado de Rendición de Cuentas.

Negociado de Contabilidad Presupuestaria.

Sevilla, 31 de diciembre de 1984

CESAR ESTRADA MARTINEZ

Consejero de Hacienda

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