Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 21/05/1985

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Consumo

RESOLUCION de 10 de mayo de 1985, de la Viceconsejería, por la que se aprueba el formulario para la solicitud de compatibilidad a que se refiere la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

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Teniendo en cuenta la variedad y las peculiaridades de las condiciones profesionales del personal sanitario relativos a jornada de trabajo y retribuciones y siendo éste uno de los colectivos más directamente afectados por la Ley 53/1984, de 26 de diciembre y Real Decreto

598/1985, de 30 de abril y en uso de la autorización concedida en el artículo 5 de la Orden de 9 de mayo de 1985 de la Consejería de la Presidencia, esta Viceconsejería ha resuelto dictar las siguientes:

INSTRUCCIONES

Primera: Se aprueba el formulario para la solicitud de compatibilidades y para el ejercicio de las opciones previstas en las disposiciones transitorias de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre y en el capítulo 5. del RD 598/1985, de 30 de abril, que figura como anexo a esta Resolución.

Segunda: El personal sanitario dependiente de esta Consejería, vendrá obligado a cumplimentar y a presentar conjuntamente el modelo general y el específico de esta Consejería, que figuran como Anexos de la Orden de 9 de mayo de 1985 de la Consejería de la Presidencia y de esta Resolución, respectivamente.

Tercera: Quienes no hubieran solicitado compatibilidad o ejercitado las opciones previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden de 9 de mayo de 1985 y a esta Resolución, deberán cumplimentar los formularios referidos, antes del

30 de junio de 1985, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones transitorias de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre y en el capítulo

5 del RD 598/1985 de 30 de abril.

Cuarta: Con independencia de lo establecido en el art. 2 de la Orden de 9 de mayo de 1985, estarán igualmente obligados a cumplimentar los referidos formularios, el personal dependiente de esta Consejería que hubiera solicitado la compatibilidad utilizando el modelo de formulario que para los funcionarios de la Administración del Estado aprobó la Resolución de 23 de enero de 1985 (BOE del 24) de la Secretaría General de Estado para la Administración Pública.

Quinta: Las solicitudes, que podrán presentarse en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud y Consumo y en las Direcciones Provinciales de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía, deberán ir dirigida a la Viceconsejería de Salud y Consumo, que recabará los informes que procedan elevando lo actuado, con propuesta de resolución, a la Consejería de Presidencia.

Sexta: Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud y Consumo y las Direcciones Provinciales de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía, verificarán la debida cumplimentación de las referidas solicitudes.

Sevilla, 10 de mayo de 1985.- El Viceconsejero, Francisco Torres González.

(Veáse BOJA)

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