Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 20/2/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

ORDEN de 27 de enero de 1987, por la que se delegan en la Viceconsejería y Secretaría General Técnica de la Consejería, determinadas competencias en materia de gastos, contratación administrativa y propuestas de pago.

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El artículo 39, puntos 6º y 7º, de la Ley 6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, atribuye al Consejero las competencias en materia de aprobación de gastos, su compromiso, liquidación y todo lo relativo a contratación administrativa. Por su parte, el artículo 47.1 de la misma Ley citada, establece que las atribuciones y competencias administrativas serán delegables en órganos jerárquicamente subordinados. En su virtud, y en uso de las facultades que me han sido conferidas,

D I S P O N G O

1. Se delegan en el Viceconsejero de la Presidencia las competencias que en materia de aprobación de gastos y su compromiso correponden al Consejero, en virtud de lo dispuesto en el artículo 50.1 de la Ley General

5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, así como la aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas, la adjudicación y formalización de contratos administrativos que correspondan al Consejero, de conformidad con el artículo 39.7º de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

2. Se delegan en el Secretario General Técnico de la Presidencia las competencias que en materia de liquidación y propuesta de pagos, formación y justificación de nóminas corresponden al Consejero, en virtud de lo dispuesto en el artículo 50.1 de la Ley General 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma.

3. El titular de la Consejería podrá recabar en todo momento la resolución de cualquier expediente o asunto objeto de la presente delegación, la cual, no obstante, subsistirá en los términos expresados, en tanto no sea revocada o modificada por disposición especial.

4. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de enero de 1987

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de la Presidencia

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