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De acuerdo con la Orden de 20 de diciembre de 1988, por la que se amplía el número de actuaciones acogidas a la Orden conjunta de 2 de septiembre de 1988 (BOJA núm. 70 de 9 de octubre de 1988), y de acuerdo con el artículo 5º de esta Orden, se ha dispuesto lo siguiente:
Artículo 1º. Se hace pública la relación de municipios objeto de la presente ampliación, así como el número de viviendas en cada municipio y la cuantía de la subvención, todo lo cual figura recogido en el Anexo I, a la presente resolución.
Artículo 2º. La selección definitiva de las viviendas en cada municipio corresponde a los Ayuntamientos de acuerdo con los criterios señalados en los artículos 3º, apartados C y D y 6º de la Orden de 2 de septiembre de
1988.
Sevilla, 22 de diciembre de 1988.- El Director General, José Ramón Moreno García.
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