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Vista la propuesta de autorización de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Córdoba, en su sesión del día 29 de enero de 1988, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 153/1987, de 3 de junio.
D I S P O N G O :
Bonificaciones:
Un 100% a los usuarios que vivan solos o matrimonios y no posean ninguna clase de ingresos o cobren tan sólo la ayuda del Fondo Nacional de Asistencia Social en cuanto no rebasen el consumo mínimo establecido y un
75% en cuanto rebasen este mínimo.
Un 50% a los usuarios que siendo pensionistas vivan solos o en matrimonio y perciban mensualmente, entre ambos, una cantidad inferior a
30.000 pts.
Sevilla, 9 de febrero de 1988
JOSE AURELIANO RECIO ARIAS
Consejero de Economía y Fomento
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