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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 24 de noviembre de
1988, por la Audiencia Territorial de Sevilla en el Recurso Contencioso- Administrativo núm. 2551/86 promovido por la Empresa Hipermercados, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que debemos estimar y estimamos eol recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador Sr. Pérez Perera en nombre y representación de "Hipermercados, S.A.", contra los acuerdos de la Delegación Provincial en Sevilla de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía y de la Dirección General del ramo de 18 de marzo y
14 de julio de 1986, respectivamente, los que debemos anular y anulamos por no ser conformes con el ordenamiento jurídico, debiéndose devolver la sanción impuesta a la actora si la misma hubiese sido ingresada. Sin costas".
Sevilla, 27 de abril de 1989.- El Secretario General Técnico, A. José Millán Villanueva.
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