Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 27/2/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de la Presidencia

DECRETO 51/1990, de 19 de febrero, por el que se concede la Medalla de Andalucía a la Confederación Sindical Comisión Obrera de Andalucía.

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El Decreto 117/1985, de 5 de junio por el que se crea la Medalla de Andalucía establece que tal distinción se considera un reconocimiento a las acciones, servicios y méritos excepcionales o extraordinarios realizados por personas o entidades que sean manifestación del trabajo y la solidaridad en beneficio de los demás ciudadanos. La aparición de la Central Sindical CC.OO. en nuestra sociedad supuso un nuevo equilibrio en el sistema socio-económico que ha comportado un avance cualitativo en las relaciones laborales en nuestro país. Dicha Central Sindical ha sabido al mismo tiempo adaptar su organización interna al mapa autonómico surgido a raíz de la Constitución de 1978. Para ello celebró en el año 1979 sus Congresos I y II en Andalucía. Desde entonces ha mantenido el diálogo con los demás agentes sociales, facilitando con ello la vertebración de Andalucía y creando un adecuado clima de relaciones laborales que permiten el despeque económico de nuestra sociedad.

Por todo ello es manifiesto que en la Confederación Sindical Comisión Obrera de Andalucía (COAN), concurren suficientes méritos para hacerse acreedora a la referida distinción.

En su virtud, a iniciativa y propuesta de la Consejería de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de febrero de 1990.

D I S P O N G O:

Artículo único. Se concede a la Confederación Sindical Comisión Obrera de Andalucía (COAN), la Medalla de Andalucía, en la categoría de oro, con todos los honores previstos en el Decreto 117/1985, de 5 de junio.

Sevilla, 19 de febrero de 1990.

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

GASPAR ZARRIAS AREVALO

Consejero de la Presidencia

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