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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Ley 10/66, de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939 sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo
2º del Real Decreto 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias. Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el Proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Granada-Escudo del Carmen 31.
LINEA ELECTRICA
Origen: Línea que alimenta a C.T. Coop. del Campo Ntra. Sra. de la Salud.
Final: Centro de transformación.
Términos municipales afectados: Molvizar. Tipo: aérea y subterránea.
Longitud en Km.: 0,360 y 0,080.
Tensión de servicio: 20 KV.
Conductores: Al. Ac. de 54,6 mm2 y Al 1 150 mm2 aislamiento
12/20 KV.
Apoyos: metálicos.
Aisladores: Cadena 3 elementos.
Potencia a transportar: 250 KVA.
ESTACION TRANSFORMADORA
Emplazamiento: Ventilla.
Tipo: Interior.
Potencia: 250 KVA.
Relación de transformación: 20 KV.+5%/380-220 Voltios. Procedencia de los materiales: nacionales. Presupuesto: 5.478.950 pesetas.
Finalidad: Atender nuevas peticiones de suministro y mejora del mismo en la zona (Planer).
Referencia: 4262/A.T.
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar, en concreto la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.
Granada, 21 de diciembre de 1989.- El Delegado, José A. Pérez de Rueda.
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