Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 10/4/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda y Planificación

ORDEN de 4 de abril de 1990, por la que se autorizan tarifas de agua potable de El Cerro de Andévalo, Jabugo y San Silvestre de Guzman (Huelva).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Huelva y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

DISPONGO:

Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

1. Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo (Huelva).

TARIFAS AUTORIZADAS

CONCEPTO IVA INCLUIDO

- Consumo doméstico.

Consumo mínimo de 12 m3/bimestre

a 40 ptas/m3 480 ptas/bimestre

Más de 12 m3/bimestre 50 ptas/m3

2. Ayuntamiento de Jabugo (Huelva).

TARIFAS AUTORIZADAS

CONCEPTO IVA INCLUIDO

A) Uso doméstico.

Consumo mínimo de 15 m3/trimestre a

15 ptas/m3 225 ptas/trimestre

Más de 15 m3/trimestre 30 ptas/m3

B) Uso industrial:

Tarifa única 30 ptas/m3

C) Uso agrícola:

Consumo mínimo de 15 m3/Trimestre a

15 ptas/m3 225 ptas/trimestre.

Más de 15 m3/trimestre 50 ptas/m3

- Canon de contadores/trimestre 60 ptas/trimestre

TARIFA PERIODO RESTRICCIONES:

A) Uso doméstico:

Consumo mínimo de 15 m3/trimestre a

15 ptas/m3 225 ptas/trimestre

De 15 a 45 m3/trimestre 30 ptas/m3

Más de 45 m3/trimestre 500 ptas/m3

B) Uso industrial:

Tarifa única 100 ptas/m3

C) Uso agrícola:

Consumo mínimo de 15 m3/trimestre a

15 ptas/m3 225 ptas/trimestre

Más de 15 m3/trimestre 500 ptas/m3

3. San Silvestre de Guzmán (Huelva)

TARIFAS AUTORIZADAS

CONCEPTO IVA INCLUIDO

A) Consumo doméstico:

Consumo mínimo de 10 m3/bimetre a

30,60 ptas/m3 306 ptas/bimestre

Del 11 a 24 m3/bimestre 32,80 ptas/m3

De 25 a 40 m3/bimestre 38,30 ptas/m3

Más de 40 m3/bimestre 43,80 ptas/bimestre

B) Consumo industrial:

Consumo mínimo de 10 m3/bimestre a

32 ptas/m3 320 ptas/bimestre

De 11 a 24 m3/bimestre 39 ptas/m3

De 25 a 40 m3/bimestre 45 ptas/m3

Más de 40 m3/bimestre 52 ptas/m3

- Canon de contadores: 45 ptas/bimestre

Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de abril de 1990

ANGEL OJEDA AVILES

Consejero de Hacienda y Planificación

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