Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 20/4/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Servicios Sociales

ORDEN de 9 de abril de 1990, por la que se establecen las normas reguladoras de concesión de ayudas a Asociaciones de Ayuda Mutua y Autocuidado.

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Dado el considerable número de Asociaciones de Ayuda Mutua registrada en nuestra Comunidad Autónoma y teniendo en cuenta su diversidad y la falta de recursos para su mejor operatividad, se hece necesario, dentro del marco de actuación de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, continuar proporcionando a éstas apoyo económico para la ejecución de programas que faciliten al máximo el desarrollo de sus objetivos. En consencuencia, procede establecer mediante la presente Orden las normas a las que habrá de ajustarse la concesión de ayudas a las Federaciones y/o Asociaciones de Ayuda Mutua y Autocuidado cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad Autónoma de Andalucía, en cumplimiento de lo establecido en las leyes de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En su virtud, en uso de las atribuciones que me han sido atribuidas, por el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno Administración de la Comunidad Autónoma, y a propuesta de la Dirección General de Ordenación Sanitaria.

DISPONGO:

Artículo 1. Actividades objeto de Ayuda Económica.

1. Podrán ser objeto de ayuda económica los proyectos presentados por las Federaciones y/o Asociaciones de Ayuda Mutua y Autocuidado cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad Autónoma de Andalucía y que persigan algunas de las finalidades siguientes:

a) Divulgación de las problemáticas específicas de las distintas Asociaciones a través de programas de promoción y educación.

b) Asistencia y participación en reuniones de tipo institucional en las que se participe con carácter representativo.

c) Celebración de actos de carácter estatutario tanto en el ámbito autonómico como en el estatal.

d) Fomento de las Asociaciones de Ayuda Mutua pertenecientes a la Federación o aquéllas de nueva constitución en el ámbito provincial y local.

2. Quedan expresamente excluidas de la presente Orden los programas cuyo ámbito de actuación esté enmarcado dentro de las Competencias del Comisionado para la Droga.

Artículo 2. Criterios de Otorgamiento.

Las ayudas económicas se otorgarán, preferentemente, conforme a los siguientes criterios:

a) Proyectos presentados por Federaciones de Ayuda Mutua y Autocuidado en cuya elaboración y ejecución participen las distintas Asociaciones que las integran.

b) Calidad y viabilidad de los programas presentados, en orden a su carácter participativo, formativo y educativo, teniendo como objetivos la promoción y la mejora de la salud de sus asociados.

c) Fomento de aquellos pogramas de interés público sobre salud que se concierten con las administraciones públicas.

Artículo 3. Beneficiarios.

Podrán solicitar las ayudas a que se refiere la presente Orden las Federaciones de Ayuda Mutua y Asociaciones cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad Autónoma de Andalucía debidamente inscritas, en el momento de publicación de la convocatoria para la concesión de dichas ayudas, en el Registro de Asociaciones de Ayuda Mutua de Salud de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, creado por Orden de 24 de julio de 1985 (BOJA

78 de 9.8.85).

Artículo 4. Convocatoria y Solicitudes.

1. La concesión de las ayudas económicas se realizará mediante convocatoria pública que estará supeditada a las respectivas consignaciones presupuestarias de cada ejercicio económico.

2. Las solicitudes irán dirigidas al Ilmo. Sr. Director General de Ordenación Sanitaria, Avda. República Argentina, 27 41011 Sevilla, y serán presentadas en los organismos previstos en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, ajustándose al modelo que figura como Anexo a la presente Orden.

Con la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Justificación del programa.

b) Objetivos y contenidos.

c) Ambito de actuación.

d) Calendario de actividades.

e) Acuerdo de la junta directiva aprobando su ejecución y las fuentes de financiación (Exclusivamente las Federaciones).

f) Memoria de actividades del año anterior y balance económico del mismo.

g) Declaración expresa responsable del peticionario, en las que se acredite hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, cuando no les resulten de aplicación lo establecido en la Orden de 13 de diciembre de 1989, de la Consejería de Hacienda y Planificación.

Artículo 5. Cuantía de la Ayuda Económica.

Las ayudas concedidas financiarán hasta un 80 por ciento de cada uno de los programas presentados.

Artículo 6. Tramitación y Resolución.

1. La Consejería de Salud y Servicios Sociales, a propuesta de la Dirección General de Ordenación Sanitaria, resolverá la procedente en relación con el otorgamiento de las ayudas económicas, de acuerdo con lo señalado en el art. 2, a la vista del interés de los programas presentados y su eficaz repercusión en la colectividad, en el plazo de dos meses a contar desde la terminación del plazo de presentación de solicitudes.

2. La concesión de las ayudas económicas se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de su notificación a los interesados.

Artículo 7. Abono y justificación del destino de las ayudas.

1. El abono y justificación de las ayudas se realizarán de una de las dos formas que siguen, de acuerdo con lo que determine la resolución que las conceda:

a) Previa presentación, por importe igual o superior a las cantidades concedidas, de justificantes de gastos realizados.

b) Mediante la concesión de plazo hasta el 30 de noviembre para la presentación de justificantes de gastos realizados durante el ejercicio económico, por importe igual o superior a las cantidades concedidas.

2. Los justificantes corresponderán necesariamente a los conceptos establecidos en el art. 1 de esta Orden y según se concederá en la resolución.

3. Los justificantes de gastos realizados se presentarán en factura original, debiendo constar el código de identificación fiscal de la entidad perceptora o, en su caso, el número de licencia fiscal o DNI del perceptor.

4. Los justificantes que afecten a gratificaciones por colaboración de personal temporal, figurarán en recibos n los que se hará constar el carácter de las mismas, su cuantía, nombre y DNI del perceptor firmante y la correspondiente retención del IRPF.

5. No serán aceptados justificantes de gastos cuyo perceptor sea, a su vez, otra Asociación similar.

6. Si los justificantes presentados no se corresponden con las cuantías objeto de la ayuda económica, sólo se hará efectiva la cantidad justificada.

7. Los perceptores de las ayudas económicas deberán acreditar antes del pago de las mismas, hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, cuando no les sea de aplicación lo establecido en la Orden de la Consejería de Hacienda y Planificación, de

13 de diciembre de 1989.

DISPOSICION DEROGATORIA

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en la presente Orden.

DISPOSICION FINAL

La presente disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de abril de 1990

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud y Servicios Sociales

ANEXO

Solicitud de la Asociación ---------------------------------------------- Domicilio ---------------------------------------------------------------- N. Registro Andaluz de Asociaciones de Ayuda Mutua ----------------------- Que Asociaciones integran la Federación --------------------------------- ---------------------------------

N. total de personas asociadas en la Federación ------------------------- N. Registro Andaluz de Asociaciones de Ayuda Mutua ----------------------- Título del Programa: 1. ------------------------------------------------- 2. -------------------------------------------------

3. -------------------------------------------------

4. -------------------------------------------------

5. -------------------------------------------------

Lugar de Ejecución: 1. ---------- Duración ----------

2. ---------- Duración ----------

3. ---------- Duración ----------

4. ---------- Duración ----------

5. ---------- Duración ----------

Personas a las que afectan: ---------------------------------------------- Con desplazamiento: -------------- Gastos: ------------ Sin desplazamiento: -------------- Gastos: ------------ N. de ponentes o monitores: ---------------------------------------------- Con desplazamiento: ------------ Gastos: ------------

Sin desplazamiento: ------------ Gastos: ------------

Gastos de Material Fungible: --------------------------------------------- Gastos de Locales: ------------------------------------------------------- Gastos de Organización: ------------------------------------------------- Gastos Publicaciones: ---------------------------------------------------- Gastos Publicidad: --------------- Tipo Publicidad: ---------- ---------- Tipo Publicidad: ------------

---------- Tipo Publicidad: ------------

---------- Tipo Publicidad: ------------

---------- Tipo Publicidad: ------------

Presupuesto total por Programa: 1. --------------------------------------- 2. ---------------------------------------

3. ---------------------------------------

4. ---------------------------------------

5. ---------------------------------------

Otra financiación por programa solicitado:

1. Organismo ---------- Cuantía ----------

2. Organismo ---------- Cuantía ----------

3. Organismo ---------- Cuantía ----------

4. Organismo ---------- Cuantía ----------

5. Organismo ---------- Cuantía ----------

Ingresos brutos de la Federación/Asociación en el ejercicio anterior: Por Ayuda/Subvenciones: -------------------------------------------------- Por Cuotas de socios: ---------------------------------------------------- Otras: -------------------------------------------------------------------

Cantidad concreta de Ayuda solicitada por progrmas: 1. ------------------- 2. -------------------

3. -------------------

4. -------------------

5. -------------------

TOTAL: -------------------------------------------------------------------

(Fecha y Firma)

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