Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 26/6/1990

1. Disposiciones generales

Presidencia

DECRETO 187/1990, de 5 de junio, por el que se modifica el art. 7.1, del Decreto 17/1989, de 7 de febrero, por el que se autoriza la constitución de la empresa de la Junta de Andalucía, Empresa de Gestión Medioambiental, S.A.

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El Decreto 17/1989, de 7 de febrero, autorizó la constitución de la Empresa de la Junta de Andalucía "Empresa de Gestión Medioambiental, S.A.", la cual tiene por objeto social la realización de todos aquellos trabajos y actividades relacionadas con la protección, conservación, regeneración o mejora del medio ambiente, así como cualquier otra actividad que sea presupuesto, complemento, desarrollo o consecuencia de lo anterior. En este sentido, la referida empresa nace con auténtica vocación de coadyugar en la consecución de los objetivos asignados a la Agencia de Medio Ambiente, único accionista de la empresa, de acuerdo con las competencias que le fueron atribuidas por su Ley de creación. En el sentido expuesto, siendo conveniente modificar el régimen de ejecución de trabajos de la Empresa de Gestión Medioambiental, S.A. para la Agencia de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejería de la Presidencia, de acuerdo con la formulada por el citado Organismo Autónomo, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 5 de junio de 1990.

DISPONGO:

Unico. El apartado 1 del artículo 7 del Decreto 17/1989, de 7 de febrero, citado en la parte expositiva del presente Decreto, queda redactado en la forma siguiente:

"1. La Empresa deberá ejecutar, con carácter obligatorio, las actuaciones que le sean encargadas por la Agencia de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de acuerdo con sus competencias. Los trabajos y servicios que la Empresa de Gestión Medioambiental, S.A., realice para la Agencia de Medio Ambiente, conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, serán considerados como realizados con los medios propios de esta última, a los efectos de lo establecido en los artículos

60.1 de la Ley de Contratos del Estado y 191 a 195 de su Reglamento de desarrollo y ejecución".

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de junio de 1990

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

GAZPAR ZARRIAS AREVALO

Consejero de la Presidencia

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