Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 30/1/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda y Planificación

ACUERDO de 19 de diciembre de 1989, del Consejo de Gobierno, por el que se determinan bienes, servicios y actividades de la Consejería de Gobernación, susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos.

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El artículo 145.1 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispone que los bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos, conforme al artículo 5º de la misma, se determinarán por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta conjunta de la Consejería de Hacienda y Planificación y de la Consejería que preste o de la que dependa el Organo o Ente correspondiente. En su virtud, a propuesta conjunta del Consejero de Hacienda y Planificación y del Consejero de Gobernación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de diciembre de 1989,

A C U E R D A :

1º. Se autoriza a la Consejería de Gobernación a la percepción de precios públicos por alojamiento, manutención, material didáctico y prácticas necesarias en la Escula de Seguridad Pública de Andalucía, con motivo de cursos de formación organizados por la citada Escuela.

2º. La fijación de la cuantía de los precios públicos a que se refiere el apartado anterior de este Acuerdo, se efectuará conforme a lo dispuesto en el artículo 145.2 y siguientes de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

3º. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de diciembre de 1989

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

GASPAR ZARRIAS AREVALO

Consejero de la Presidencia

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