Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 20/7/1991

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

DECRETO 133/1991, de 16 de julio, por el que se actualiza la Relación de Puestos de Trabajo correspondiente al Instituto Andaluz de Administración Pública.

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La Ley 6/85, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, establece en su art. 10 y siguientes el fundamento y la configuración de la Relación de Puestos de Trabajo, asignando, específicamente, en su art. 12.4 su aprobación al Consejo de Gobierno.

El Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, determinó a su vez las normas de elaboración y aplicación de la misma.

El Decreto 184/1988 de 1 de agosto aprobó una Relación de Puestos de Trabajo del Instituto Andaluz de Administración Pública. Teniendo en cuenta la experiencia acumulada en el período transcurrido, con este Decreto se pretende adecuar la estructura del Instituto Andaluz de Administración Pública a las características y volumen de actividad administrativa del mismo.

En cumplimiento de tales preceptos, a propuesta de la Consejería de Gobernación, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, cumplido el trámite de negociación con las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Administración General, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 16 de julio de 1991,

DISPONGO:

Artículo único. Se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo correspondiente a los servicios y unidades administrativas dependientes del Instituto Andaluz de Administración Pública, que se publica como anexo del presente Decreto.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Se autoriza al Consejero de Gobernación para dictar normas en desarrollo del presente Decreto, con objeto de adecuar los efectivos existentes a las necesidades del servicio, deducidas de la RPT

Segunda. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para la aplicación del presente Decreto, dentro de las disponibilidades presupuestarias.

Tercera. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en el presente Decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de julio de 1991

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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