Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 5/8/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 30 de junio de 1993, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se hacen públicos los listados definitivos de beneficiarios y excluidos de anticipos para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, ejercicio de 1993.

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Por Orden de la Consejería de Gobernación de 14 de diciembre de 1992 (BOJA del 24) se reguló la concesión de anticipos reintegrables al personal al Servicio de la Junta de Andalucía.

La disposición Final Primera de la citada Orden faculta a esta Secretaría General para la Administración Pública a dictar las resoluciones oportunas y a realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y aplicación de dicha norma.

Asimismo, por Resolución de 26 de mayo de 1993 (BOJA del 31), se hicieron públicos los listados provisionales de admitidos y excluidos para la concesión de anticipos reintegrables al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, ejercicio de 1993.

Transcurrido el plazo de reclamaciones contra la mencionada resolución provisional, gestionada la totalidad de las solicitudes recibidas al amparo de la Orden mencionada, efectuadas las modificaciones oportunas a la vista de las reclamaciones presentadas y cumplidos los trámites de distribución de las cantidades y evacuación del informe preceptivo de los artículos 11 y

12.2 respectivamente, de la Orden de 14 de diciembre de 1992, precitada, esta Secretaría General para la Administración Pública

HA RESUELTO

Primero. Publicar el listado definitivo del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía beneficiario de anticipos reintegrables del ejercicio de 1993, ordenado alfabéticamente. En dicho listado figuran los solicitantes a los que se ha considerado la excepcionalidad de situaciones y necesidad del artículo 12.2 de la Orden citada.

Segundo. Publicar el listado definitivo del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía excluido de la concesión de anticipos reintegrables del ejercicio de 1993, con indicación de las causas de exclusión.

Tercero. La distribución del crédito de 1993 por ámbitos de personal y por grupos funcionariales y laborales se corresponde con la establecida en la Resolución de 26 de mayo de 1993 (BOJA del 31), citada anteriormente.

Cuarto. Los listados mencionados en los puntos Primero y Segundo de esta Resolución se encuentran expuestos en las Delegaciones de Gobernación de las distintas provincias.

Quinto. Contra lo establecido en la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Adminisrativo, en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su publicación previa comunicación a esta Secretaría General para la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en los artículos

57, 2º y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956

Sevilla, 30 de julio de 1993._ La Secretaria General, Carmen Capitán Carmona.

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