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I. La Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, desarrolla una serie de mecanismos jurídico-administrativos y de conocimiento, cuyo objetivo es facilitar, esencialmente, la labor tutelar de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía.
Desde esta perspectiva y con el fin de lograr una protección individualizada de los bienes que constituyen este Patrimonio, la citada Ley crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, la consulta y divulgación del mismo.
La formación y conservación del Catálogo queda atribuida a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, a la que compete la redacción y custodia de la documentación correspondiente a los muebles, inmuebles y manifestaciones o actividades culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.
II. Por parte del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico se propone la inscripción en dicho Catálogo General del Edificio del Gran Teatro en Córdoba.
El edificio del Gran Teatro, ubicado en la Avenida del Gran Capitán de Córdoba, es uno de los escasos ejemplos perfectamente conservados de esta tipología arquitectónica en Andalucía. Construido en el último tercio del siglo pasado, se ha considerado de gran importancia para la ciudad, tanto por sus características arquitectónicas como por su papel social. Vista la propuesta del servicio y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 y 2, de la Ley 1/91, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía,
ESTA DIRECCION GENERAL, HA RESUELTO:
1º Incoar el procedimiento para la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor del Edificio del Gran Teatro, en Córdoba, cuya identificación y descripción figuran como anexo a la presente disposición.
2º Proceder de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía a la anotación preventiva de dicho inmueble en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. De acuerdo con lo establecido en el art. 8.3 esta anotación preventiva determina la aplicación provisional del régimen de protección correspondiente a la inscripción genérica.
3º Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del bien que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.
4º Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.
Sevilla, 6 de julio de 1994.-El Director General, Lorenzo Pérez del Campo.
ANEXO QUE SE CITA
Identificación
Denominación: Edificio del Gran Teatro.
Localidad: Córdoba.
Ubicación: Avenida del Gran Capitán, 3.
Epoca: Ultimo tercio del siglo XIX.
Autor: Amadeo Rodríguez.
Estilo: Ecléctico.
Descripción
El edificio, construido por el arquitecto Amadeo Rodríguez según estructura mixta, presenta planta en forma de trapecio irregular. El teatro, de tipo de herradura, apoya sus palcos y graderíos sobre catorce columnas de fundición que se repiten en sus cuatro órdenes en altura. En su interior destacan las yeserías antepechos de fundición de estilo isabelino. El inmueble abre su fachada principal a la calle Alegría. Esta se compone de cinco tramos delimitados por arcos inscritos en los que se insertan balcones recercados con decoración alfonsina y ecléctica. Asimismo, la fachada lateral ubicada en la Avenida del Gran Capitán, resalta por su ornamentación realizada a base de tondos con bajorrelieves representando personajes famosos de la dramaturgia de la música.
Recientemente el inmueble ha sido objeto de una profunda remodelación para adaptarlo a las actuales exigencias culturales.
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