Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 19/2/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 26 de enero de 1994, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se modifica la de 24 de noviembre de 1993, relativa a la permuta de bienes sitos en plaza de España, entre don Luis Huerta Villa y el Ayuntamiento de Lucena (Córdoba).

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Habiendo acordado el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Lucena (Córdoba) en sesión celebrada el 10 de diciembre de

1993 la modificación del acuerdo de permuta de los bienes sitos en Plaza de España, a llevar a cabo entre Don Luis Huertas Villa y dicho Ayuntamiento, aprobada en el Pleno de 18 de septiembre de 1992.

Visto que dicha modificación se produce a los solos efectos de poder llevar a cabo el otorgamiento de la correspondiente escritura pública, sin que la misma altere la equivalencia de valores de los bienes objeto de permuta, ni las condiciones en que se acordó celebrar la misma, según se deprende del acuerdo número cuatro del Pleno Extraordinario celebrado en sesión de

10 de diciembre de 1993, y de las manifestaciones vertidas en el mismo por el arquitecto municipal.

Teniendo en cuenta que el artículo 105.2 prevé la posibilidad de rectificar la Administración los errores materiales, de hecho o artiméticos existentes en sus actos, siempre que los mismos no alteren el contenido del acto (S.T.S. 24 de marzo de

1992, S.T.S. 27 de diciembre de 1991, S.T.S. 5 de diciembre de

1990).

Correspondiendo al Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía dar la conformidad a los expedientes de permuta de bienes cuya cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario (artículo 3 º.9 del Decreto 29/1986 de 19 de febrero). A la vista de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:

1º. Dar conformidad a la modificación del acuerdo de permuta adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 18 de septiembre de 1992, por entender que la misma afecta tan solo a aspectos formales precisos para poder llevar a cabo el otorgamiento de escritura pública, y no altera el contenido del acuerdo de Pleno antes indicado.

Dicha modificación deberá llevarse a cabo en los términos acordados en el punto cuatro del orden del día del Pleno celebrado el10 de diciembre de 1993.

2º. Que de esta Resolución se de traslado al Ayuntamiento de Lucena (Córdoba).

3º. Publicar la presente Resolución en el BOJA.

Córdoba, 26 de enero de 1994.- El Delegado, Rafael Ortega Cruz.

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