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Al amparo de lo previsto en el artº 7.1 de la Ley del Parlamento de Andalucía 5/1993, de 1 de julio por la que se crea la Universidad de Jaén (BOJA de 6 de julio y BOE de 25 de agosto), la Comisión Gestora de esta Universidad en su sesión del día 21 de enero de 1994, entre otros, adoptó el siguiente acuerdo: Aprobar las escalas propias de personal de administración y servicios de la Universidad de Jaén que a continuación se indican: Grupo A (para su ingreso se exigirá Título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero):
Escala Técnica de Administración Universitaria. Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas. Escala de Análisis Informáticos.
Grupo B (para su ingreso se exigirá Título de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o equivalente): Escala de Gestión.
Escala de Ayudantes de Archivos y Bibliotecas. Escala de Programadores Informáticos.
Grupo C (para su ingreso se exigirá Título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente): Escala Administrativa.
Escala de Apoyo a Bibliotecas.
Escala de Especialistas Informáticos.
Grupo D (para su ingreso se exigirá Título de Graduado Escolar, Formación profesional de primer grado o equivalente): Escala Auxiliar Administrativa.
Jaén, 21 de enero de 1994.- El Presidente, Luis Parras Guijosa.
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