Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 19/3/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 22 de febrero de 1994 por la que se reconoce, se clasifica e inscribe en el Registro de Fundaciones Privadas.Docentes la denominada Epsilon de Córdoba.

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VISTO: el expediente por el que se solicita el reconocimiento clasificación e inscripción en el Reaistro de Fundaciónes Docentes, de la denominada «Epsilon¯ con domicilio en Córdoba, presentado en esta Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero: El 15 de julio de 1993, ante D. José Peñafiel Burgos, Notario del Ilustre Colegio de Córdoba comparecen:

D. Juan José Mateo Alvarez, D. Jesús Peláez del Rosal, D.ª Rocío Beato Acosta, D. Rafael Senes Pérez y D.ª Alicia Junquera Meléndez, intervienen todos por su propio nombre y derecho y manifiestan la voluntad de constituir una Fundación Docente-Privada que se denominará «Epsilon¯ cuyo objeto y finalidad será promover la investigación filológica y la divulgación del Nuevo Testamento, sin vinculación a ninguna institución o confesionalidad religiosa.

Segundo: La Entidad se regirá por los Estatutos unidos a la Carta Fundacional realizados ante el mencionado Notario, con número de protocolo 1.472 de fecha 15 de julio de 1993, y Escritura de subsanación ante el misma Notario con número de protocolo 324 de fecha 3 de febrero de 1994.

Tercero: La dotación inicial de la Fundación está constituida por 500.000 ptas. que la Entidad Fundacional tiene depositada en una cuenta corriente a nombre de la Fundación «Epsilon¯ acreditándose dicho extremo mediante certificada del Banco Español de Crédito, S.A., oficina principal de Córdoba.

Cuarto: Los beneficiarios de la Fundación serán las colectividades de personas no determinadas individualmente e interesadas en los fines y objetivos de la entidad, desarrollándose la actividad a través de cursos, Masters, conferencias, convocatoria de premios, concesión de becas, etc.

Quinta: El Gobierno, representación y Administración, quedán atribuidos a un Patronato, siendo los componentes del mismo las siguientes personas físicas:

Presidente: D. Juan José Mateo Alvarez.

Vicepresidente: D. Jesús Pel6ez del Rosal. Secretario:.D. Rafael Senes Pérez.

Vocales: D.ª Alicia Junquera Meléndez, D.ª Rocío Beato Acosta.

VISTOS: La Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, el Decreto 2930/72 de 21 de julio que aprueba el Reglamento de Fundaciones el Real Decreto 1762/79 de 29 de junio por el que se delimitan las competencias de los Ministerios de Educación y de Universidades e Investigación y de Cultura en materia de Fundaciones culturales privadas y entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/83 de 9 de febrero del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto

3936/82 de 29 de diciembre y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo. Se han cumplido en la tramitaición del

expediente todos los requisitos considerados imprescindibles por el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y

el contenido de su Carta Fundacional y sus Estatutos se ajustan a Derecho, procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, la clasificación de sus fines como de promoción de actividades docentes y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y

fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta

Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo

informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de la

Presidencia, resuelve:

Primero: Reconocer el interés público de la entidad,

clasificar sus actividades como de promoción e inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente

Registro a la Federación denominada «Epsilon¯ con domicilio en Córdoba, calle Almendro núm. 10, bajo.

Segundo: Aprobar sus Estatutos, Presupuesto de Ingresos y Gastos y la Memoria de Actividades para el primer ejercicio económico.

Tercero: Confirmar en sus cargos a los miembros del

Patronato de la Fundación, cuyos nombres se recogen en

la Carta Fundacional y que se relacionan en el quinto

antecedente de hecho de esta Resolución.

Sevilla, 22 de febrero de 1994

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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