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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente D. Serafín Carcela Rocha de la Resolución al recurso de alzada interpuesto en expediente número H-168/91-EP, por la presente se procede a hacer pública la misma al no haberse podido practicar en el domicilio de aquél, dándose a conocer la parte resolutoria que literalmente dice:
«Resuelvo Desestimar el recurso de alzada interpuesto por Dª. Antonia Gentil Gómez, confirmando en todos sus extremos la resolución del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación de Huelva de fecha 7 de diciembre de 1991, recaída en el expediente sancionador H-168/91-EP.
Contra la presente resolución -dictada en virtud de Orden de 29 de julio de 1985, de delegación de atribuciones- que agota la vía administrativa, se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956¯.
Sevilla, 13 de abril de 1994.- El Secretario General Técnico, Joaquín Barragán Carmona.
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