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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.1 del Real Decreto Legislativo
781/86, de 18 de abril, artículos 109.2 y 110 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación.
El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local. En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la cesión gratuita de un terreno propiedad del Ayuntamiento de Mengíbar (Jaén) a E.P.S.A., a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 30 de junio de 1994, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 265, de 17 de noviembre de 1994, y cuya descripción es la siguiente:
Terreno urbano próximo al grupo de 150 viviendas, con superficie de
10.006,58 m2 que linda al Norte con calle Guadalquivir; al Sur con calle Guadalbullón; al Este con calle Guadalimar y 150 viviendas; y al Oeste con calle límite de casco urbano.
Sevilla, 6 de junio de 1995
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación
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