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De conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior de Andalucía, el Decreto 66/1994, de 22 de marzo, por el que se regulan los horarios para la apertura y cierre de los establecimientos comerciales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en la Orden de 12 de abril de 1994, por la que se regula el procedimiento para determinar las zonas que tengan la condición de gran afluencia turística, se hace público que, por Resolución del Ilmo. Sr. Viceconsejero de Industria, Comercio y Turismo de esta misma fecha, se declara el municipio de Nerja (Málaga) zona de gran afluencia turística durante el período comprendido entre los días 21 de junio y 9 de octubre de
1996, teniendo los establecimientos ubicados en este término municipal libertad horaria durante dicho período.
Sevilla, 26 de marzo de 1996.- El Director General, Luis García Garrido.
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