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Habiéndose producido error en el Decreto 227/1996, de 28 de mayo, por el que se asignan temporalmente al Delegado Provincial de Industria, Comercio y Turismo en Málaga, determinadas competencias, en virtud de lo establecido en el artículo 39.3 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el Decreto del Presidente 132/1996, de 16 de abril, de reestructuración de Consejerías, a propuesta del Consejero de Trabajo e Industria y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de junio de 1996,
D I S P O N G O
Artículo primero.
Dejar sin efecto el Decreto 227/1996, de 28 de mayo, en virtud del cual se asignaban temporalmente al Delegado Provincial de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo en Málaga, las competencias que en el mismo ámbito territorial, correspondían a la Consejería de Trabajo e Industria.
Artículo segundo.
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de junio de 1996
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
GUILLERMO GUTIERREZ CRESPO
Consejero de Trabajo e Industria
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