Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 22/11/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 261/1997, de 4 de noviembre, por el que se adecua la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Agricultura y Pesca.

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P R E A M B U L O

Por el Real Decreto 511/1996, de 15 de marzo, se encomiendan a la Comunidad Autónoma Andaluza las actuaciones relativas a la intervención y regulación de mercados, lo que comporta el traspaso de personal adscrito a estos servicios. A su vez, mediante el Decreto 205/1996, de 14 de mayo, se asignan a la Consejería de Agricultura y Pesca los medios personales, bienes y derechos traspasados por el citado Real Decreto.

Por otra parte, la Orden de la Consejería de Gobernación de 8 de octubre de

1996, dispone la integración de los funcionarios traspasados en los cuerpos y especialidades de la Función Pública de la Junta de Andalucía y una vez establecida la integración en las categorías del V Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, del personal transferido en este régimen jurídico, procede la adecuación de la relación de puestos de trabajo, que proporcione la efectiva adscripción del personal, en la estructura organizativa de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

De conformidad con la disposición anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de Organos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General y Comisión del Convenio del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública Andaluza y en el artículo 10 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, de elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Gobernación y Justicia, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de noviembre de 1997.

DISPONGO

Artículo único. Adecuación de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía.

Se aprueba la adecuación de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Agricultura y Pesca, tal como se indica en el Anexo del presente Decreto.

Disposición Adicional Primera. Modificación de localidad de puesto de trabajo.

El puesto 420406, Inspector de Calidad (Núm. 2) de la Delegación Provincial de Cádiz, de la Consejería de Agricultura y Pesca, queda ubicado en la localidad de Cádiz, siendo ésta, la de destino, del personal actualmente ocupante de dicho puesto.

Disposición Adicional Segunda. Modificación de área funcional y relacional y cuerpo preferente.

El puesto 812037, Asesor Técnico (Núm. 4) del Fondo Andaluz de Garantía Agrícola de la Dirección General de Información y Gestión de Ayudas, tendrá como área funcional: Admón. Agraria, y como área relacional Admón. Pública. Asimismo, el puesto 812041 adscrito a este mismo centro de destino, queda modificado, siendo su área funcional Admón. Pública y cuerpo preferente B11.

Disposición Adicional Tercera. Modificación Presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, de conformidad con el procedimiento establecido.

Disposición Final Primera. Desarrollo.

Se autoriza a la Consejería de Gobernación y Justicia para dictar normas en desarrollo del presente Decreto, así como en la aplicación del mismo, con objeto de adecuar los efectivos existentes a las necesidades del servicio deducidas de la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de los efectos económicos de los puestos de adscripción laboral, que serán de 1 de diciembre de 1996, y de los puestos de adscripción funcionario, que serán de

1 de enero de 1997.

Sevilla, 4 de noviembre de 1997

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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