Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 10/05/1997

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 3 de abril de 1997, por la que se convocan, dentro del Plan Andaluz de Investigación, seis becas de Formación de Personal Investigador en colaboración con la empresa Acerinox, SA.

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Un objetivo básico del Plan Andaluz de Investigación es fortalecer la capacidad del sistema de investigación, innovación y desarrollo tecnológico en Andalucía.

Para alcanzar este objetivo, un mecanismo adecuado es el establecimiento de canales de transferencia de tecnología que enlace las Universidades y Centros Públicos de Investigación y las Empresas, así como la interrelación de las mismas mediante proyectos conjuntos de investigación y de prácticas laborales de universitarios en empresas radicadas en Andalucía mediante Convenios y Conciertos de colaboración.

De acuerdo con las líneas maestras del Pacto Andaluz por el Empleo y la Actividad Productiva, uno de los canales es la colaboración de la Administración Andaluza y las Empresas, Instituciones y Asociaciones para la formación de personal investigador y técnico.

Por todo ello, esta Consejería ha dispuesto:

Primero. Convocar, dentro del Plan Andaluz de Investigación, seis becas para la formación de personal investigador con arreglo a las normas que se contienen en los anexos a esta Orden.

Segundo. Delegar en el Director General de Universidades e Investigación, la competencia para resolver la adjudicación de las becas a las que hace referencia la presente Orden.

Tercero. Autorizar, a la Dirección General de Universidades e Investigación, la adopción de las medidas precisas para el desarrollo, cumplimiento y resolución de la presente Orden.

Cuarto. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Quinto. Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses, contados a partir de la fecha de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo previsto en el art. 37.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el art. 110.3 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 3 de abril de 1997

MANUEL PEZZI CERETTO

Consejero de Educación y Ciencia

ANEXO I

NORMAS DE LA CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACION DE PERSONAL INVESTIGADOR EN EMPRESAS DE ANDALUCIA

Primera. La presente convocatoria se regirá por las normas que figuran en este Anexo y en el Anexo II.

Segunda. La duración del Convenio y de las becas para la formación de Personal Investigador será de doce meses, pudiendo prorrogarse, en sucesivas anualidades y hasta un máximo total de cuatro, en función de los rendimientos personales, a propuesta de la Comisión de Evaluación Científica y Tecnológica.

Tercera. La fecha de inicio de los Trabajos de Investigación será la de incorporación de los becarios en Acerinox, S.A.

Cuarta. Comisión de Seguimiento.

Para el control y cumplimiento de los términos de la presente convocatoria se crea la Comisión de Seguimiento, que estará integrada por dos representantes de la Consejería de Educación y Ciencia y un Secretario que se nombrarán al efecto y dos representantes de la Empresa.

Quinta. El número de becarios es de seis.

Sexta. 1. El importe de las ayudas asciende a la cantidad global de siete millones novecientas veinte mil (7.920.000) pesetas.

2. Dicho importe será abonado íntegramente por Acerinox, S.A., a los becarios a razón de 110.000 pesetas mensuales.

Séptima. Los becarios estarán cubiertos, mientras dure el período de tiempo convenido para la realización de los trabajos de investigación, por un seguro de accidentes y enfermedad laboral con cargo a los presupuestos de la Consejería de Educación y Ciencia.

Octava. Las líneas de investigación son las que figuran en el Anexo II.

Novena. Las becas van destinadas a titulados superiores y medios que deseen elaborar un Trabajo de Investigación y tienen por objeto la preparación y capacitación de los mismos como personal investigador. Llevándose a cabo dicha formación y capacitación en la estructura de I + D de la Empresa.

Décima. Requisitos de los solicitantes.

Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto o de Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico y haberlo obtenido en junio de 1992 o con posterioridad a esta fecha en alguna de las Universidades de Andalucía.

Excepcionalmente se podrán aceptar candidatos con fecha de terminación de estudios anterior si la Dirección General de Universidades e Investigación considera suficientes las razones que hayan concurrido para justificar el retraso en el comienzo de la formación investigadora.

Undécima. Dotación de las Becas.

1. Las becas tendrán una dotación económica de 110.000 pesetas y un seguro de enfermedad y accidente laboral y estarán sujetas a las deducciones que correspondan del IRPF.

2. El abono de las becas lo realizará Acerinox, S.A., de forma mensual, desde la fecha de incorporación de los becarios a dicha Empresa, produciéndose los efectos económicos y administrativos con referencia a la situación de derecho del becario el día 2 del mes siguiente a que corresponda.

3. Estas becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.

Duodécima. Duración de las Becas.

Las becas tendrán una duración de un año.

Decimotercera. Carácter de las Becas.

1. La concesión de estas becas no supone ningún tipo de vinculación laboral ni con la Junta de Andalucía ni con Acerinox, S.A.

2. El disfrute de estas becas es incompatible con el registro en las Oficinas del Instituto Nacional de Empleo como demandantes de empleo de los solicitantes, toda vez que se trata de subvenciones que exigen dedicación exclusiva para adquirir una cualificación nueva.

3. Las renuncias a las becas deberán presentarse en la Dirección General de Universidades e Investigación. El Director General de Universidades e Investigación podrá conceder la interrupción del disfrute de la beca a petición razonada del interesado, previo informe del Director del trabajo.

4. En los supuestos de maternidad o fuerza mayor podrá recuperarse el período de interrupción, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan. Las interrupciones por causas de incompatibilidad de percepciones no podrán ser superiores a seis meses a lo largo de la duración de la beca y sus posibles renovaciones.

Decimocuarta. Directores de Trabajo.

Cada línea de trabajo contenida en el Anexo II contará con un tutor como director de la formación y de los trabajos y un doctor con vinculación permanente en Acerinox, S.A., que actuará como Supervisor General de las actividades.

Decimoquinta. Solicitudes y documentación.

1. El plazo de presentación de solicitudes finalizará una vez transcurridos

20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOJA.

2. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado, conforme al modelo recogido en el Anexo III de la presente Orden y estarán a disposición de los interesados en los Rectorados de las Universidades de Andalucía y en la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

3. Dichas solicitudes irán dirigidas al Ilmo. Sr. Director General de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y podrán presentarse en el Registro General de dicha Consejería, Avda. de la República Argentina, 23-3º, de Sevilla, en la Consejería de Presidencia o Ayuntamientos a tenor de lo previsto en el art.

51 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma (Ley

6/1983, de 21 de julio, BOJA núm. 60, de 29 de julio de 1983), o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de los documentos siguientes:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.

b) Título y Certificación Académica personal, completa y acreditativa del grado de titulación exigido, en original o fotocopia. En este último supuesto si el aspirante es seleccionado deberá presentar la documentación original.

c) Curriculum vitae en un máximo de dos folios.

Decimosexta. Valoración y selección de las solicitudes.

1. Criterios de Selección.

a) Nota media del expediente académico. La Comisión de Selección establecerá la nota de corte a partir de la cual se procederá a la evaluación de las solicitudes.

b) Méritos científicos y/o técnicos del candidato.

c) Adecuación del grado de formación a la línea o líneas de trabajo para la que se pretende adjudicar la beca.

2. Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión de Selección que estará compuesta por: Dos representantes de la Consejería de Educación y Ciencia y un Secretario que se nombrarán al efecto y dos representantes de la Empresa.

3. La resolución de la convocatoria la realizará el Director General de Universidades e Investigación una vez vista la propuesta elevada por la Comisión y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4. Las decisiones de carácter científico adoptadas por la Comisión de Selección serán inapelables.

Decimoséptima. Obligaciones de los becarios.

1. Desarrollar eficazmente las líneas de investigación que figuran en el Anexo II y cumplir con la disciplina interna de Acerinox, S.A.

2. Enviar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria semestral sobre el desarrollo de la investigación, avalada por el Director del trabajo y, una vez concluido el período para el que se le ha concedido la beca, una memoria final avalada por el mismo Director.

3. La inobservancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

Decimoctava. Suplencias.

Las bajas o renuncias que se produzcan dentro de los seis primeros meses del período de disfrute podrán ser cubiertas, si la Dirección General de Universidades e Investigación así lo decidiera, por los solicitantes que se hubieran seleccionados como suplentes y en el mismo orden de prelación establecido para la adjudicación de las becas por la Comisión de Selección.

ANEXO II

LINEAS DE TRABAJO OFERTADAS

Línea de investigación y desarrollo analítico.

Titulación requerida: Licenciados en Ciencias Químicas con conocimiento del idioma inglés e informática.

Ejemplos de tópicos: Evaluación del comportamiento de los aceros inoxidables comparado con el de otros materiales metálicos, en contacto con alimentos:

Zumo de naranja y cerveza (CDTI/MINER Ref. 455/96).

Nuevos procedimientos de decapado de inoxidables Pikinox (CECA P3665).

Línea de investigación y desarrollo de materiales: Corrosión.

Titulación requerida: Licenciados en Ciencias Químicas o Ingenieros Técnicos Químicos con conocimientos del idioma inglés e informática.

Ejemplos de tópicos: Comportamiento a la corrosión de inoxidables de nuevo diseño, comparados con los clásicos.

Línea de investigación y desarrollo de materiales: Diseño Metalúrgico.

Titulación requerida: Ingenieros Técnicos Metalúrgicos con conocimientos del idioma inglés e informática.

Ejemplos de tópicos: Diseño y caracterización de nuevos inoxidables.

Línea de investigación y desarrollo analítico.

Titulación requerida: Licenciados en Ciencias Químicas con conocimientos del idioma inglés e informática.

Ejemplos de tópicos: Programas analíticos para aceros, ferroaleaciones, escorias, aguas y otras matrices en espectrometría de plasma ICP de nueva generación.

Línea de investigación y desarrollo de materiales: Microscopía electrónica de barrido y microanálisis.

Titulación requerida: Licenciados en Ciencias Químicas con conocimientos del idioma inglés e informática.

Ejemplos de tópicos: Preparación, observación y microanálisis de muestras.

Línea de investigación y desarrollo analítico.

Titulación requerida: Licenciados en Ciencias Químicas con conocimientos del idioma inglés e informática.

Ejemplos de tópicos: Espectrometrías de Fluorescencia de Rayos X y de Emisión de Chispa, aplicación al análisis de aceros, escorias y materias primas auxiliares de Acería.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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