Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 10/02/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 2/2000, de 10 de enero, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Somontín (Almería) para adoptar su escudo heráldico y bandera municipales.

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El Ayuntamiento de Somontín (Almería) ha estimado oportuno adoptar su escudo heráldico y bandera municipales a fin de perpetuar los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico.

A tal efecto, con arreglo a las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 13 de noviembre de 1997, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm., de fecha 23 de mayo de 1998, lo elevó a la Consejería de Gobernación y Justicia para su aprobación definitiva.

Solicitado informe a la Real Academia de Córdoba de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes informó, mediante acuerdo de 19 de noviembre de 1998, desfavorablemente las propuestas de escudo y bandera por contravenir los criterios técnicos del Decreto

14/1995, de 31 de enero.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 5 de marzo de

1999, adoptó nuevo acuerdo plenario subsanando las deficiencias y aprobando un nuevo boceto del escudo. Remitida el 5 de abril de 1999 la nueva propuesta a la Real Academia de Córdoba, no ha emitido hasta el día de la fecha informe al respecto. El artículo 2 del Decreto 14/1995, de 31 de enero, establece en su apartado 4 que el informe de la Real Academia deberá emitirse en el plazo de 2 meses, en caso contrario se entenderá favorable y se continuará la tramitación del expediente.

El expresado expediente se sustanció conforme a lo establecido en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículo

22.2.b), y al contenido en el Decreto 14/1995, de 31 de enero, por el que se regula el procedimiento para la aprobación y rehabilitación de escudos heráldicos, banderas y otros símbolos de las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma Andaluza.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía confiere competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de lo establecido en el artículo 2, apartado 7, del Decreto 14/1995, de 31 de enero, y del artículo

26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta de la Consejera de Gobernación y Justicia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 10 de enero de 2000,

D I S P O N G O

Primero. Se autoriza al Ayuntamiento de Somontín (Almería) para adoptar su escudo heráldico y bandera municipales, que quedarán organizados en la forma siguiente:

Escudo: De azur, un monte de plata moviente de ondas de plata y azur en la punta, y cargado de un mazo y un zapapico de azur puesto en sotuer. En jefe, tres flores de olivo de plata con los pistilos de gules, puestos en faja. Al timbre, Corona Real cerrada.

Bandera rectangular en la proporción 11 x 18 de color azul celeste. Centrado y sobrepuesto el escudo de armas local.

Segundo. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la

publicación del presente Decreto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 10 de enero de 2000

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

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