Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 20/07/2000

3. Otras disposiciones

Otros. CAMARA DE CUENTAS DE ANDALUCIA

RESOLUCION de 6 de julio de 2000, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Granada, correspondiente al ejercicio 1997.

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En virtud de las facultades que me vienen atribuidas por el artículo 21 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y del acuerdo adoptado por el Pleno de esta Institución, en la sesión de 23 de mayo de 2000,

RESUELVO

De conformidad con el art. 12 de la citada Ley 1/1988, ordenar la publicación del Informe de Fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Granada, correspondiente al ejercicio

1997.

Sevilla, 6 de julio de 2000.- El Consejero Mayor, Rafael Navas Vázquez.

FISCALIZACION DE DETERMINADAS AREAS

DEL AYUNTAMIENTO DE GRANADA

EJERCICIO 1997

El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su sesión celebrada el día 23 de mayo de 2000, con asistencia de todos sus miembros, ha acordado aprobar por unanimidad el Informe de Fiscalización de Determinadas Areas del Ayuntamiento de Granada, correspondiente al ejercicio 1997.

INDICE

I. Introducción.

I.1. Objetivo, alcance y metodología.

I.2. Limitaciones al alcance.

II. Areas de Fiscalización.

II.1. Tramitación del presupuesto y su liquidación. II.2. Operaciones de préstamos a corto y largo plazo. II.3. Carga financiera de la Corporación a 31 de diciembre de

1997.

II.4. Tesorería de la Corporación.

II.5. Incidencia de los derechos pendientes de cobro en el remanente de Tesorería.

II.6. Análisis de las variables ahorro bruto y ahorro neto. III. Análisis sobre la evolución económico-financiera del Ayuntamiento de Granada.

IV. Conclusiones y Recomendaciones.

V. Estados Contables.

Balance de Situación.

Cuenta de Resultados.

Liquidación Presupuestaria.

Remanente de Tesorería.

Resultado Presupuestario.

Agrupación de ejercicios cerrados.

VI. Estados Contables Ajustados.

Liquidación Presupuestaria Ajustada.

Balance de Situación Ajustado.

Remanente de Tesorería Ajustado.

VII. Anexo I.

Criterios para determinar los derechos que pudieran considerarse de difícil materialización, según los artículos

172 de la Ley 39/88, reguladora de las Haciendas Locales, y 101 y siguientes del R.D. 500/90.

VIII. Alegaciones del Ayuntamiento.

ABREVIATURAS

EMASAGRA Empresa Municipal de Aguas de Granada. IFT Inversiones Financieras Temporales.

IGAE Intervención General de la Administración del Estado. MP Millones de pesetas.

RD Real Decreto.

LRHL Ley 39/1988, reguladora de las Haciendas

Locales.

CCA Cámara de Cuentas de Andalucía.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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