Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 10/11/2001

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 15 de octubre de 2001, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria pública para solicitar el cambio de adscripción a la especialidad de Economía para los integrantes de las bolsas de trabajo de Enseñanza Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, así como los integrantes de las bolsas de sustituciones de las especialidades que en esta Resolución se citan.

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El Real Decreto 777/98, en su disposición adicional octava, amplía la adscripción del profesorado de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de Formación Profesional a las especialidades propias de la formación profesional específica establecida en los Anexos II.d) y IV.c) del Real Decreto 1635/1995, según la correspondencia establecida en el Anexo VIII.d) del precitado Real Decreto, entre antiguas y nuevas especialidades.

Por otra parte, la disposición adicional octava del Real Decreto 1635/95 crea la nueva especialidad de Economía. Asimismo, es preciso adecuar los efectivos disponibles en las bolsas de trabajo de las distintas especialidades a las necesidades que han ido surgiendo como consecuencia de la progresiva implantación del nuevo sistema educativo diseñado por la Ley Orgánica 1/1990, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Por todo ello, en virtud de las competencias que me confiere el Decreto 246/2000, de 31 de mayo,

HE RESUELTO

I. NORMAS GENERALES

Se anuncia convocatoria pública para la presentación de solicitudes por los integrantes de las bolsas de trabajo de Enseñanza Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, y de la bolsa de sustituciones de las Especialidades de: Administración de Empresa, Organización y Gestión Comercial, Procesos de Gestión Administrativa y Procesos Comerciales, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, para solicitar el cambio de adscripción de la bolsa de su especialidad a la especialidad de Economía (590/061), siempre que se encuentren en posesión de la titulación requerida.

II. PARTICIPANTES Y REQUISITO

A la presente convocatoria podrá concurrir el personal que a continuación se indica:

2.1. Los integrantes de las bolsas de trabajo de Enseñanza Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial en la Resolución de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de 29 de agosto de 2001, publicada el 30 de agosto en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se eleva a definitiva la lista de tiempo de servicios de los integrantes de las distintas bolsas de trabajo.

2.2. Los integrantes de las bolsas de sustituciones para el curso 2001/2002 de las especialidades que a continuación se relacionan:

I590/101 Administración de Empresa.

I590/110 Organización y Gestión Comercial. I591/221 Procesos Comerciales.

I591/222 Procesos de Gestión Administrativa.

El mencionado personal deberá estar en posesión de algunas de las titulaciones que para la especialidad convocada figuran en el Anexo II de la Orden de 16 de mayo de 1996, modificada por la Orden de 21 de diciembre de 2000 (BOJA de 9 de enero de

2001).

III. SOLICITUDES Y DOCUMENTACION

3.1. Solicitudes.

Los solicitantes deberán aportar la documentación que a continuación se relaciona:

- Instancia según modelo que figura como Anexo I de la presente Resolución, debidamente cumplimentada, dirigida a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.

- Fotocopia del título alegado o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición, que se deberá haber obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado 3.3 de la presente Resolución.

3.2. Lugar de presentación.Las solicitudes habrán de

presentarse preferentemente en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía o en los lugares y formas que determina el artículo 38 de la Ley

30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. De presentar la solicitud ante una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada; de no hacerse así, no podrá estimarse como presentada en fecha. Así mismo, podrá utilizarse el procedimiento previsto en el artículo 19 del Decreto 204/95, de 25 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios

administrativos de atención al ciudadano.

3.3. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOJA de la presente Resolución.

IV. CRITERIOS DE SELECCION

La selección de los solicitantes de cambio de especialidad se efectuará teniendo exclusivamente en cuenta el mayor tiempo de servicios reconocidos por la Resolución de 29 de agosto de 2001 en centros dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía. En caso de empate, se resolverá teniendo en cuenta la mayor puntuación en la nota media del expediente académico, extremo que los participantes deberán acreditar documentalmente mediante la aportación de

certificación expedida por la autoridad académica

correspondiente, salvo que lo hubiera acreditado correctamente con anterioridad.

En el supuesto de los integrantes de las bolsas de

sustituciones, sin tiempo de servicios, se atenderá a la puntuación que figura en las mismas.

V. LISTAS PROVISIONALES

Finalizado el plazo de presentación de instancias a que hace referencia el punto 3.3, por Resolución de esta Dirección General se harán públicas en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía las listas provisionales de los integrantes de las bolsas de trabajo y bolsas de

sustituciones a quienes se les ha concedido el cambio de bolsa de especialidad.

Contra las listas provisionales podrán los interesados

presentar las reclamaciones que estimen pertinentes ante la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos en el plazo de cinco días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la citada Resolución.

VI. LISTAS DEFINITIVAS

Transcurridos los plazos señalados y resueltas las

reclamaciones presentadas, la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos elevará a definitivas las listas y se

procederá a su publicación en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia.

VII. EFECTOS

Quienes figuren adscritos en las listas definitivas de tiempo de servicios a 30.6.2001, publicadas por Resolución de esta Dirección General de 29 de agosto de 2001, y hayan obtenido cambio de especialidad por esta Resolución, el mismo tendrá efecto para el curso académico 2002/2003. Por tanto, serán dados de baja en la de la especialidad de origen a fecha de

30.6.2002, pasando a formar parte de la bolsa de trabajo de la especialidad de Economía con todo su tiempo de servicio acumulado.

Quienes figuran como integrantes de las bolsas de sustituciones para el curso académico 2001/2002, y hayan obtenido cambio de especialidad por esta Resolución, el mismo tendrá efecto del día siguiente al de la publicación de la presente disposición, siempre que no hayan obtenido destino por su bolsa de origen para el curso 2001/2002, en cuyo caso serán dados de baja en la de la especialidad de origen a fecha de 30.6.2002, pasando a formar parte de la bolsa de trabajo de la especialidad de Economía con todo su tiempo de servicio acumulado.

VIII. RECURSOS

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de octubre de 2001.- El Director General, Carlos Gómez Oliver.

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