Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 134 de 20/11/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 25 de octubre de 2001, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se hacen públicos los listados de admitidos y excluidos en las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, modalidad Protésica y Odontológica, para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía.

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Vistas las solicitudes presentadas por el referido personal durante el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2000 y el 10 de mayo de 2001, relativas a la modalidad «Protésica y Odontológica¯, correspondiente a las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que establece la Orden de 12 julio de 1996 (BOJA núm. 85, de 25 de julio), mediante la que se aprueba el Reglamento de las citadas ayudas, tienen lugar los siguientes

H E C H O S

Primero. Que el artículo 4.1, en relación con el artículo 1.1 de la citada Orden, establece que la modalidad de ayuda «Protésica y Odontológica¯ tendrá el carácter de actividad continuada a lo largo de cada ejercicio.

Segundo. Que en la sección 1.ª del Capítulo II de la repetida Orden se regula específicamente cuanto se refiere a la expresada modalidad de ayuda de «Protésica y Odontológica¯.

Tercero. Que todas las solicitudes presentadas y aprobadas, y que mediante esta Resolución se publican, reúnen todos los requisitos que se fijan reglamentariamente para su concesión.

A tales Hechos resultan de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. La Disposición Adicional de la Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia (actualmente Consejería de Justicia y Administración Pública) de 12 de julio de 1996 mediante la que se aprueban los reglamentos de Ayudas de Acción Social, establece la competencia de la Dirección General de la Función Pública para conocer y resolver en este asunto.

II. En virtud de lo dispuesto en el artículo 9.7.b) de la Orden de 10 de noviembre de 2000, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, se aprueba la Delegación de competencias del Director General de la Función Pública en los Delegados Provinciales de Justicia y Administración Pública en materia de acción social en relación con las actuaciones del procedimiento de gestión y resolución de la ayuda Protésica y Odontológica regulada en el Reglamento de Ayudas de Acción Social de 12 de julio de 1996.

III. El artículo 4.1 de los citados Reglamentos establece el carácter de actividad continuada a lo largo de cada ejercicio para esta modalidad de ayuda.

IV. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y siguientes del citado Reglamento, que regulan la Ayuda Protésica y Odontológica, en relación con el artículo 5 del mismo texto, que establece la regulación del procedimiento de resolución y adjudicación de estas ayudas.

Vistos los Hechos y Fundamentos de Derecho expuestos y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial

R E S U E L V E

Conceder las Ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, en la modalidad Protésica y Odontológica, al personal laboral que figura en el listado definitivo como beneficiario de las citadas ayudas por el concepto y cuantía que en el mismo se indican, correspondiente al período de 1 de diciembre de 2000 y 10 de mayo de 2001.

Publicar los listados del personal laboral admitido y excluido de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio

2001, en la modalidad de «Protésica y Odontológica¯, con indicación de las causas de exclusión, que a tales efectos quedarán expuestos en el tablón de anuncios de la Delegación Provincial de la Consejería de Justicia y Administración Pública de Jaén.

Conceder un plazo de 15 días naturales, desde el día siguiente a la publicación del listado de excluidos, para que los interesados presenten las reclamaciones que estimen

pertinentes al objeto de subsanar los defectos u omisiones padecidos en la solicitud o en la documentación preceptiva, presentándose en los Registros Generales de las Consejerías y Organismos Autónomos y sus Delegaciones en las distintas provincias, sin perjuicio de lo establecido en el artículo

38.4 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra lo establecido en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, el personal laboral podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a los dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la citada Ley

30/1992, de 26 de noviembre, y arts. 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la ley de Procedimiento Laboral.

Jaén, 25 de octubre de 2001.- El Delegado, Celso J. Fernández Fernández.

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