Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 13/03/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 32/2001, de 13 de febrero, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Montoro (Córdoba), de una parcela en el sitio del Jarrón de dicho municipio, en la actualidad calle Carpio, núm. 11, del Polígono Industrial Jarrón, con destino a Oficina Comarcal Agraria, y se adscribe a la Consejería de Agricultura y Pesca.

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Por el Ayuntamiento de Montoro (Córdoba) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela ubicada al sitio del Jarrón de dicho municipio, en la actualidad calle Carpio, núm., del Polígono Industrial Jarrón, con destino a Oficina Comarcal Agraria.

Por la Consejería de Agricultura y Pesca se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá concentrar en una instalación adecuada los diversos servicios agrarios que se prestan a la comarca.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en reunión celebrada el 13 de febrero de 2001,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Montoro (Córdoba) de la siguiente finca:

Parcela de terreno edificable en término de Montoro, al sitio del Jarrón, con extensión superficial de 10 áreas y 18 centiáreas. Linda: Norte, con terrenos del Ayuntamiento de Montoro y finca segregada de ésta; Sur, con parcela núm. del Ayuntamiento de Montoro; Este, camino del conde Negrón; y Oeste, calle del Polígono Industrial.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Montoro, libre de cargas y a favor del Ayuntamiento de Montoro, al folio

223 del tomo 506, libro 305, finca núm. 2.566.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública que será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley

4/1986, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela donada, que se adscribe a la Consejería de Agricultura y Pesca con destino a Oficina Comarcal Agraria.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 13 de febrero de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda