Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 27/03/2001

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 22 DE SEVILLA

EDICTO de cédula de notificación. (PD. 735/2001).

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NIG: 4109142C1999M000355.

Procedimiento: Juicio de Cognición 153/1999. Negociado 3.º, sobre reclamación de cantidad de Caja de Seguros Reunidos, Cía. de Seguros y Reaseguros.

Procurador Sr. Jaime Cox Meana contra doña Aquilina Guerrero López y Mapfre Mutua de Seguros.

Procuradora Sra. María Belén Aranda López.

El Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia Núm. 22, hace saber que en los autos de Juicio de Cognición núm. 153/99-3.º, se ha acordado expedir el siguiente Edicto de cédula de notificación:

En el procedimiento Juicio de Cognición núm./1999-3.º, seguido en el Juzgado de Primera Instancia Número 22, de Sevilla a instancia de Caja de Seguros Reunidos, Cía. de Seguros y Reaseguros contra doña Aquilina Guerrero López y Mapfre Mutualidad de Seguros sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Sevilla, a veinticinco de enero de dos mil uno. El Ilmo. Sr. don Jesús Medina Pérez, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia Número 22 de Sevilla, habiendo visto los presentes autos de Juicio de Cognición núm./1999-3.º, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Caja de Seguros Reunidos, Cía. de Seguros y Reaseguros con Procurador don Jaime Cox Meana; y de otra como demandada doña Aquilina Guerrero López y Mapfre Mutua de Seguros con Procuradora doña María Belén Aranda López, sobre Reclamación de cantidad.

F A L L O

Que estimando la demanda deducida por el Procurador don Jaime Cox Meana, en nombre y representación de Caja de Seguros Reunidos Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., Caser contra doña Aquilina Guerrero López y Compañía Mapfre Mutua de Seguros sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a los codemandados a abonar a la actora la suma de 215.510 pesetas más los intereses legales desde la fecha de emplazamiento.

Se condena a los demandados al abono de las costas del presente juicio.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante la Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. El Magistrado Juez. Firmado y rubricado.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Aquilina Guerrero López, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a ocho de marzo de dos mil uno.

El Magistrado Juez, La Secretario.