Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 29/05/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 105/2001, de 30 de abril, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de El Carpio (Córdoba), de un solar sito en la Avenida Mariana Pineda, s/n, de la citada localidad, con destino a la construcción de un Centro de Enseñanza Secundaria, y se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia.

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Por el Ayuntamiento de El Carpio (Córdoba) fue ofrecido a la Comunidad Autónoma de Andalucía un solar ubicado en la Avenida Mariana Pineda, s/n, de dicho municipio, con destino a la construcción de un Centro de Enseñanza Secundaria.

Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en reunión celebrada el 30 de abril de 2001,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de El Carpio (Córdoba) de la siguiente finca:

Solar en la Avenida Mariana Pineda, s/n, de El Carpio, con superficie de 3.305 m¯. Linda: Norte, finca de esta procedencia; Sur, servidumbre de acceso a los tres molinos y camino viejo de Bujalance; Este, finca propiedad de los hermanos Jodral, y, Oeste, porción resto.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Bujalance, a favor del Ayuntamiento de El Carpio, al folio 154 del tomo 690, libro 87, finca núm. 5086.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública que será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley

4/1986, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la finca donada, que se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia con destino a la construcción de un Centro de Enseñanza Secundaria.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 30 de abril de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda