Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 30/06/2001

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

EDICTO de la Sección Segunda dimanante del rollo de apelación núm. 1477/00-Y. (PD. 1891/2001).

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NIG: 41065215215980158.

Núm. Procedimiento: Apelación Civil 1477/2000. Asunto: 1477/2000.

Autos de: Menor Cuantía 158/1998.

Juzgado de origen: 1.ª Instan. Sevilla núm.. Negociado: 8Y.

Apelante: C.P. C/ Pureza, núms. 12-14.

Procurador: Ostos Moreno, Antonio.

Abogado:

Apelado: Luis Chabrera Adiego.

Procurador: Onrubia Baturone, Manuel José. Abogado:

EDICTO

Don Antonio Elías Pérez, Secretario de la Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

C E R T I F I C O

Que en el Rollo de Apelación, núm. 1477/00-Y, dimanante de los autos Juicio de Menor Cuantía, núm. 158/98, del Juzgado de Primera Instancia núm. de Sevilla, sobre Obligación de Hacer, se ha dictado sentencia en primera instancia de fecha 29 de noviembre de 1999, cuya parte dispositiva es la que sigue:

«Que, estimando la demanda interpuesta por CC.PP. C/ Pureza, núms. 12-14, debo condenar a la entidad Camino del Hidalgo, S.A., y Construcciones Osuna López, S.L., solidariamente a responder de los daños y perjuicios existentes en los garajes de dicha comunidad de propietarios referentes a la solera de hormigón y en el suelo del sótano que constan en los informes de don Antonio Ortiz Leyba y don Luis Wic. Que se le concede tres meses para realizar la reparación de los mismos. Que debo condenar a Camino del Hidalgo, S.A., y Construcciones Osuna López, S.L., y al señor don Luis Chabrera Adiego, a que reparen conforme al informe del señor don Antonio Ortiz Leyba, en la parte afectante y como Perito insaculado, y subsidiariamente, del Arquitecto Técnico don Luis Wic lo que afecta a las reparaciones afectantes a las humedades en el muro perimetral. Internamente, esta responsabilidad se distribuye en un 50% para el Arquitecto y el otro 50% para la Promotora y Constructora. Mismo plazo de tres meses para su ejecución de acuerdo con los informes aportados. Que de no terminarse en dicho plazo o no las hicieran con la corrección debida la actora estará plenamente legitimadas para hacerlas o continuarlas a su costa de los demandados, que las abonarán conforme las responsabilidades establecidas. Dichas cantidades empleadas devengarían sus intereses de demora. Que no ha lugar a abonar los honorarios de informe de don Luis Wic Herman. Las costas se impondrán a los demandados.../...¯

Y en segunda instancia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor:

Sentencia núm. 114/01.

Presidente: Ilmo. Sr. don Víctor Nieto Matas. Don Rafael Márquez Romero.

Don Antonio Salinas Yanes.

En la ciudad de Sevilla, a nueve de febrero del año dos mil uno.

Visto, por la Sección Segunda de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en Juicio de Menor Cuantía seguido en el Juzgado referenciado sobre obligación de hacer. Interpone el recurso C.P. C/ Pureza, núms. 12-14, que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador don Antonio Ostos Moreno y defendido por la Letrada doña Concepción Torrens Sanabria. Es parte recurrida don Luis Chabrera Adiego, que está representado por el Procurador don Manuel José Onrubia Baturone, y defendido por la Letrada doña Sol Romero Díaz, que en la instancia ha litigado como parte demandada y contra Constructora «Osuna López, S.L.¯, representada por el Procurador don Juan López de Lemus y defendida por el Letrado don Francisco González Palma, habiendo sido declarada rebelde en primera instancia la Entidad Promotora «Camino del Hidalgo, S.A.¯.

Fallamos: Desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la CC.PP. de la calle Pureza, núms. 12 y 14, de Sevilla, confirmamos la sentencia apelada y condenamos a la apelante al pago de las costas de este recurso.

Y para que sirva de notificación a la entidad demandada rebelde en ignorado paradero Promotora «Camino del Hidalgo, S.A.¯, expido la presente en Sevilla, a diecinueve de junio del año dos mil uno.- El Secretario.

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