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Con fecha 21 de agosto de 2001 fue publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 96, página 14.255, el Decreto 173/2001, de 24 de julio, por el que se crea el Registro de Industrias Agroalimentarias de Andalucía y se regula su funcionamiento.
En el citado Decreto se han advertido una serie de errores y omisiones producidas en texto del Anexo, por lo que procede subsanarlos de la siguiente forma:
1.º En el Anexo, artículo 6, letra f) Industrias lácteas, guión tercero, donde dice: " - Leche fermentada o acidificada, gelificada, enriquecida o adicionada de aroma y/o estimulantes-Fabricación de mantequilla".
Debe decir: " - Leche fermentada o acidificada, gelificada, enriquecida o adicionada de aroma y/o estimulantes
- Fabricación de mantequilla".
2.º En este mismo artículo 6, letra j) Industrias forestales, guión octavo, donde dice: " - Primera destilación de planteas aromáticas y medicinales". Debe decir: " - Primera destilación de plantas aromáticas y medicinales".
3.º En el artículo 7, apartado 2, letra c), donde dice: "Certificación expedida por técnico especialista competente, visada, en su caso, por el Colegio Oficial correspondiente, en la que se indique la adaptación de la industria al proyecto o a la memoria descriptiva a que se refiere el apartado anterior". Debe decir: "Certificación expedida por técnico especialista competente, visada, en su caso, por el Colegio Oficial correspondiente, en la que se indique la adaptación de la industria al proyecto o a la memoria descriptiva a que se refiere el apartado h) de este mismo artículo".
Sevilla, 23 de enero de 2002
PAULINO PLATA CANOVAS
Consejero de Agricultura y Pesca
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