Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 02/04/2002

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 8 de febrero de 2002, de la Viceconsejería, por la que se convocan, para el año 2002, ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias, Federaciones de Cooperativas y Entidades representativas de Asociaciones de Desarrollo Rural previstas en la Orden de 28 de junio de 2001, para facilitar su funcionamiento y gestión, así como para el desarrollo de actividades de divulgación y transferencia de tecnología.

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La Orden de 28 de junio de 2001, de la Consejería de Agricultura y Pesca, regula la concesión de ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias, Federaciones de Cooperativas Agrarias y entidades representativas de Asociaciones de Desarrollo Rural, con ámbito de actuación en Andalucía, para facilitar su funcionamiento y gestión, así como para el desarrollo de actividades de divulgación y transferencia de tecnología. En su artículo 7 establece que el Viceconsejero de Agricultura y Pesca procederá, anualmente, a la convocatoria de estas ayudas mediante la correspondiente Resolución, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Considerando oportuno proceder a la convocatoria de las ayudas a conceder con cargo al presupuesto de 2002 y, en virtud de las facultades que tengo conferidas,

R E S U E L V O

Primero. Convocatoria.

Se convoca, para el año 2002, la concesión de ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias, Federaciones de Cooperativas Agrarias y entidades representativas de Asociaciones de Desarrollo Rural, con ámbito de actuación en Andalucía, previstas en la Orden de 28 de junio de 2001 (BOJA núm. 79, de 12 de julio), modificada por la de 15 de noviembre de 2001 (BOJA núm. 134, de 20 de noviembre) para facilitar su funcionamiento y gestión así como para el desarrollo de actividades de divulgación y transferencia de tecnología.

Segundo. Tipos de Ayudas.

Se convocan dos tipos de ayudas, que tendrán por finalidad:

a) Fomentar la realización de actividades de divulgación, transferencia de tecnología y formación a sus asociados o al sector agrario en general, mediante la organización de cursos, jornadas técnicas y seminarios, la elaboración de estudios, publicaciones o material de divulgación, sobre temas relativos a aspectos de la modernización del sector agrario andaluz, así como la colaboración con la Consejería de Agricultura y Pesca en el desarrollo de las líneas de información tanto provenientes del sector agrario como dirigidas hacia éste.

b) Contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento y gestión, entre los que se podrán incluir los de adquisición de nuevas tecnologías en informática, comunicación e información.

Tercero. Financiación.

La financiación de estas ayudas se realizará de acuerdo con las disponibilidades del presupuesto de gastos de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Cuarto. Normativa reguladora.

La presente convocatoria de ayudas se regirá por lo dispuesto en la Orden de 28 de junio de 2001 (BOJA núm. 79, de 12 de julio, de la Consejería de Agricultura y Pesca, modificada por la Orden de 20 de noviembre de 2001 (BOJA núm. 134, de 20 de noviembre) y demás normativa de aplicación.

Quinto. Plazo.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sexto. Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de febrero de 2002.- El Viceconsejero, Juan Paniagua Díaz.

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