Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 13/06/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 16 de mayo de 2002, de la Dirección General de Administración Local, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Casares (Málaga) para que enajene nueve parcelas de sus bienes de propios a los vecinos ocupantes de las mismas.

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Ha tenido entrada en esta Dirección de Administración Local escrito del Ayuntamiento de Casares (Málaga) solicitando la autorización para enajenar nueve parcelas de sus bienes de propios a los adjudicatarios de las mismas.

Las parcelas objeto de enajenación son las que se relacionan a continuación:

1. Parcela sita en Puerto Lugar, s/n, a favor de don Francisco Saucedo Carrasco, por el precio de 1.440,33 euros. Inscrita su finca matriz número 4.949 en el Registro de la Propiedad de Manilva a nombre del Ayuntamiento. Tiene una superficie de 115,62 m¯.

2. Parcela sita en Puerto Lugar, s/n, a favor de doña Isabel Saucedo Carrasco, por el precio de 1.191,18 euros. Inscrita su finca matriz número 4.949 en el Registro de la Propiedad de Manilva a nombre del Ayuntamiento. Tiene una superficie de

92,40 m¯.

3. Parcela sita en Puerto Lugar, s/n, a favor de don Wenceslao Quirós Contreras, por el precio de 1.772,10 euros. Inscrita su finca matriz número 4.949 en el Registro de la Propiedad de Manilva a nombre del Ayuntamiento. Tiene una superficie de

142,25 m¯.

4. Parcela sita en Puerto Lugar, s/n, a favor de don Antonio Jiménez García, por el precio de 1.189,09 euros. Inscrita su finca matriz número 4.949 en el Registro de la Propiedad de Manilva a nombre del Ayuntamiento. Tiene una superficie de

95,45 m¯.

5. Parcela sita en Puerto Lugar, s/n, a favor de don Juan Carrasco Martínez, por el precio de 1.687,39 euros. Inscrita su finca matriz número 4.949 en el Registro de la Propiedad de Manilva a nombre del Ayuntamiento. Tiene una superficie de

135,45 m¯.

6. Parcela sita en Puerto Lugar, s/n, a favor de don Sebastián Valadez Pérez, por el precio de 1.346,65 euros. Inscrita su finca matriz número 4.949 en el Registro de la Propiedad de Manilva a nombre del Ayuntamiento. Tiene una superficie de

108,10 m¯.

7. Parcela sita en calle Barrio Alto, s/n, a favor de don Cristóbal Romo Mena, por el precio de 960,97 euros. Inscrita su finca matriz número 4.949 en el Registro de la Propiedad de Manilva a nombre del Ayuntamiento. Tiene una superficie de

77,14 m¯.

8. Parcela sita en calle Barrio Alto, s/n, a favor de don Manuel Pineda Rendón, por el precio de 793,94 euros. Inscrita su finca matriz número 4.949 en el Registro de la Propiedad de Manilva a nombre del Ayuntamiento. Tiene una superficie de

63,73 m¯.

9. Parcela sita en calle Barrio Alto, s/n, a favor de don Prudencio Pineda Rendón, por el precio de 593,63 euros. Inscrita su finca matriz número 4.949 en el Registro de la Propiedad de Manilva a nombre del Ayuntamiento. Tiene una superficie de 47,65 m¯.

Las parcelas segregadas de la finca matriz, anteriormente descritas, habrán de inscribirse previamente a su venta.

Dicha solicitud se acompaña de la correspondiente documentación, siendo especialmente significativa la que acredita la posesión pacífica y continuada de los ocupantes de las parcelas objeto de enajenación por un tiempo superior a dos años, así como su residencia efectiva.

La legislación a tener en cuenta en la materia que nos ocupa está representada por la Disposición Adicional Primera de Ley

15/2001, de 26 de diciembre, por la que aprueban medidas fiscales, presupuestarias, de control y administrativas, que señala que «Las Entidades Locales que no hayan enajenado directamente los inmuebles de su propiedad en el plazo señalado en el apartado 1 de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 7/99, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, podrán enajenar directamente desde la finalización del plazo establecido en la citada Ley hasta el 31 de diciembre del año 2002, en los siguientes supuestos:

C) Terrenos cedidos con fines sociales por cualquier título que no haya implicado la transmisión regular del dominio sobre los que, respetando en todo caso la normativa urbanística, se hayan construido viviendas que constituyan el domicilio habitual de sus beneficiarios o de sus herederos¯.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/81, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.

Acreditada documentalmente la situación física y jurídica de los bienes inmuebles, su valoración por técnico competente, así como la posesión pacífica y continuada de los ocupantes de las mismas por un tiempo superior a dos años y su residencia efectiva, resultan bastante en orden a proceder a la

autorización para la enajenación de nueve parcelas de propiedad municipal.

En consecuencia, vistos los antecedentes expuestos, las disposiciones citadas y las normas generales de aplicación, se considera que, en virtud de las competencias atribuidas de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.5 de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, y art. 5.3 del Decreto 425/2000, de 7 de noviembre, por el que se determinan los órganos competentes de la Consejería de

Gobernación en materia de tráfico jurídico de bienes de las Entidades Locales, esta Dirección General

R E S U E L V E

Primero. Autorizar al Ayuntamiento de Casares, provincia de Málaga, a que enajene las parcelas identificadas al principio de esta Resolución y que forman parte de su patrimonio

municipal en las condiciones y circunstancias expuestas.

Segundo. Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 16 de mayo de 2002.- El Director General, Alfonso Yerga Cobos.

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