Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 20/08/2002

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 29 de julio de 2002, de la Dirección General de Planificación Turística, por la que se amplía el plazo de resolución del procedimiento general de concesión de subvenciones para la formación en materia turística, convocadas mediante la Resolución que se cita.

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La Orden de 5 de febrero de 2001, de la Consejería de Turismo y Deporte (BOJA núm. 23, de 24 de febrero de 2001), por la que se regula el procedimiento general para la concesión de subvenciones para la formación en materia turística, establece, en su artículo 6.3, que el plazo máximo para dictar las correspondientes resoluciones y notificarlas a los interesados será de seis meses, a contar desde el día siguiente de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Al amparo de dicha Orden, por Resolución de 20 de diciembre de

2001 (BOJA núm. 8, de 19 de enero de 2002), de la Dirección General de Planificación Turística, se convocó la concesión de subvenciones para la formación en materia turística para el ejercicio 2002, finalizando el plazo de resolución el 19 de agosto.

Vistas las circunstancias concurrentes en el citado procedimiento en cuanto al elevado número de solicitudes presentadas y, una vez que, agotados los medios disponibles, resulta imposible resolver las solicitudes en dicho plazo, es de aplicación lo previsto en el artículo 42.6 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que, en uso de las facultades que me atribuyen las disposiciones vigentes,

R E S U E L V O

Ampliar el plazo para resolver el procedimiento de concesión de subvenciones para la formación en materia turística por un período de cinco meses, finalizando el día 19 de enero de 2003.

Contra la presente Resolución, de acuerdo con el citado artículo 42.6 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no cabe recurso alguno.

Publíquese la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Dirección General.

Sevilla, 29 de julio de 2002.- La Directora General, Eloísa Díaz Muñoz.

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