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Examinado el expediente incoado a instancia de don Juan Quiñones Grimaldi, en su calidad de Gerente y representante de la "Asociación de Minusválidos Psíquicos de Chiclana -La Fundación-", entidad titular del centro docente privado de Educación Especial "Santa Ana", con domicilio en Carretera de la Barrosa, s/n de Chiclana de la Frontera (Cádiz), en solicitud de cambio de denominación del Centro por el de "La Arboleda";
Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Cádiz;
Resultando que el centro "Santa Ana" con código 11001968, tiene autorización definitiva para 2 unidades de Educación Básica Especial para 16 puestos escolares por Orden de 28 de agosto de
2002;
Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa aparece que la titularidad del Centro la ostenta la "Asociación de Minusválidos Psíquicos de Chiclana -La Fundación-". Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero); la Ley Orgánica 8/1985, de
3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE del 4 de octubre); la Orden de 26 de marzo de 1981, por la que se aprueban los programas de necesidades para la redacción de los proyectos de construcción y adaptación de centros de Educación Especial (BOE del 26 de abril); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA del 20 de junio); Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia;
Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:
Primero. Autorizar el cambio de denominación actual del Centro Docente Privado de Educación Especial "Santa Ana" por el de "La Arboleda", quedando como a continuación se especifica:
Denominación genérica: Centro de Educación Especial. Denominación específica: La Arboleda.
Código de Centro: 11001968.
Domicilio: Carretera de la Barrosa, s/n.
Localidad: Chiclana de la Frontera.
Municipio: Chiclana de la Frontera.
Provincia: Cádiz.
Titular: Asociación de Minusválidos Psíquicos de Chiclana -La Fundación-.
Composición resultante: 2 unidades de Educación Básica Especial para 16 puestos escolares.
Segundo. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Tercero. Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los arts. 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 15 de mayo de 2003
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación y Ciencia
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