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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Granada, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del citado Decreto
266/1988, de 2 de agosto, en la redacción dada por el Decreto
137/2000, de 16 de mayo.
RESUELVO
Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Por cada km recorrido 0,43 euros
Hora de parada o espera 10,28 euros
Mínimo de percepción 2,15 euros
Suplementos
Por cada maleta o bulto de más de 60 cm0,36 euros
Las tarifas anteriores son exclusivamente urbanas, es decir se aplicarán para trayectos íntegramente comprendidos dentro del término municipal de Chauchina.
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 26 de mayo de 2003.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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