Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 31/10/2003

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Otros. AYUNTAMIENTO DE FUENTES DE ANDALUCIA

ANUNCIO de bases.

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Don José Medrano Nieto, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía (Sevilla).

Hacer saber: Que por Decreto de Alcaldía 202/2003 se aprueban las bases para la selección mediante concursooposición, promoción interna de una plaza de Auxiliar de Administración General perteneciente a la plantilla de funcionarios, y cuyo tenor es el siguiente

DECRETO DE LA ALCALDIA NUN. 202/2003

De acuerdo con la Oferta de Empleo Público aprobada por Decreto de la Alcaldía número 161/2003 del 7 de agosto de 2003, BOE número 208 de 30 de agosto de 2003, en la que se incluyeron las siguientes plazas:

Personal funcionario.

Grupo (art. 25 L. 30/1984): D.

Clasificación. Escala Administración General: Subescala Auxiliar.

Número vacantes: 2.

Denominación: Auxiliar Administrativo.

Conforme al art. 91.1 de la LRBRL 7/1985 de 2 de abril, Título I del R.D. 364/1995 y R.D./1991 de 7 de junio, en uso de la competencia que me confiere el art. 21.1.g) esta Alcaldía- Presidencia tiene a bien adoptar acuerdo comprensivo de las siguientes disposiciones:

Primera. Aprobar las siguientes bases para la selección mediante concurso-oposición, promoción interna de una plaza de Auxiliar de Administración General perteneciente a la plantilla de funcionarios y Anexo comprensivo de los temas objeto de estudio en la fase de oposición:

BASES PARA LA SELECCION MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION, DE UNA PLAZA DE AUXILIAR DE ADMINISTRACION GENERAL PERTENECIENTE A LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS

Convocatoria de promoción interna y bases de las pruebas selectivas para acceder en propiedad a una plaza de Auxiliar Administrativo de Administración General vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento.

1. Objeto de la convocatoria

Primera. Se convocan para ingreso en la Subescala Auxiliar, Escala de Administración General y promoción interna, las siguientes plazas:

Denominación del puesto/plaza: Auxiliar.

Número de plazas: Una.

Escala: Administración General.

Subescala: Auxiliar.

Grupo: D.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional. Grado o equivalente.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Derechos de examen: 18 E.

Sistema de ingreso: Promoción interna.

Requisitos de los aspirantes: Ser funcionarios de carrera de esta Corporación, pertenecientes al Grupo E, Subescala Sub alterna, en situación de servicio activo, con una antig?edad de al menos dos años en la Escala a que pertenezca el día de finalización del plazo de presentación de la solicitud de participación.

Las plazas están incluidas en la Oferta de Empleo Público de

2003, integrada en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, Grupo D, con sueldo y demás retribuciones establecidas de conformidad con las disposiciones legales en vigor y la relación de puestos de trabajo de esta Entidad Local.

2. Normativa aplicable

Segunda. A estas bases y pruebas les será de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, Ley 30/1984, de 2 de agosto de Reforma de la Función Pública, el R.D.L. 781/1986 de 18 de abril, Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, el R.D. 896/1991, que establece las reglas básicas y programas mínimos del procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, las bases de la presente convocatoria y supletoriamente el R.D. 364/1995 de 10 de marzo que aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado.

3. Requisitos de los aspirantes

Tercera. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o ciudadano de los países miembros de la UE.

b) Tener cumplido los 18 años de edad y no exceder de aquélla en que falten 10 años para la jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad o defecto físico, que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de

incapacidad establecidos por la legislación vigente.

f) Estar en posesión o en condiciones de obtener los títulos académicos exigidos para el ingreso en la Categoría y Grupo a los que se refiere esta Convocatoria.

g) Ser funcionario de carrera de este Ayuntamiento,

perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Subalterna, Grupo E, con una antig?edad mínima de dos años.

h) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional 1. Grado o equivalente.

Cuarta. Los requisitos establecidos en las bases anteriores, así como otros que pudieran recogerse en los Anexos

respectivos, deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes.

4. Solicitudes

Quinta. Las solicitudes para participar en el presente

procedimiento se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, dentro del plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se presentarán en el Registro General. En la solicitud se hará constar expresamente que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de

instancias.

También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A las solicitudes habrá de acompañarse, además de los

justificantes de ingreso de los derechos de examen, y fotocopia del DNI, la documentación que justifique los méritos alegados para ser valorados en la fase de concurso, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo de admisión de instancias, así como los requisitos específicos exigidos en los

correspondientes Anexos.

5. Admisión de candidatos

Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación en este caso de la causa de

exclusión, la cual deberá hacerse pública en el tablón de anuncios de la Corporación y en el Boletín Oficial de la Provincia, disponiendo los aspirantes excluidos de un plazo de diez días hábiles para la subsanación de errores, de

conformidad con lo establecido en el art. 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/92, de 26 de noviembre.

En el mismo acuerdo se hará público el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios.

Contra esta Resolución cabrá reclamación en el plazo de diez días, que serán estimadas o desestimadas en la relación que apruebe la lista definitiva, que se hará pública en la forma indicada. De no presentarse reclamaciones, la lista provisional se elevará automáticamente a definitiva.

6. Tribunal Calificador

Séptima. El Tribunal Calificador de los ejercicios y méritos de los aspirantes a que se contrae la convocatoria se designará a tenor y de conformidad con lo señalado en el Real Decreto

896/91 de 7 de junio y estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue, actuando con voz y voto.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía, que actuará con voz y voto.

- Un asesor de la Diputación Provincial, que actuará con voz y voto.

- Un representante, de los grupos políticos elegido por el Pleno del Ayuntamiento de entre los que tengan la titulación igual o superior a la exigida a los aspirantes.

Se elegirá por mayoría simple de votos entre los propuestos por cada uno de los grupos, y, en caso de empate, se resolverá por sorteo.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, que actuará con voz y sin voto.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.

La designación de los miembros del Tribunal se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia al menos del Presidente, el Secretario y, al menos, la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, teniendo competencia y plena autoridad para cuantas incidencias se presenten y que no se hallen en estas bases. Sus decisiones se tomarán

por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto de calidad del Presidente.

7. Llamamientos y calendario de las pruebas

Novena. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad y otros extremos que estime conveniente.

Los opositores serán convocados para el ejercicio en

llamamiento único, salvo caso de fuerza mayor, debidamente justificado y, apreciado por el Tribunal.

A partir del inicio de la oposición el Tribunal determinará la fecha para la práctica de las sucesivas pruebas, sin que entre la terminación de una y el comienzo de la siguiente puedan mediar menos de 72 horas ni más de 45 días naturales.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, si existe conformidad de la totalidad de miembros del Tribunal y de todos los aspirantes, se podrá modificar el citado calendario.

8. Sistema de selección

Décima. El sistema de selección será el de concursooposición, promoción interna. La fase de concurso se celebrará y resolverá previamente a la realización de la fase de oposición y no será eliminatoria ni podrá tenerse en cuenta para resolver la fase de oposición.

Esta fase de concurso se resolverá en base a los siguientes criterios:

Fase de concurso.

Valoración de méritos:

a) Servicios prestados: 0,02 puntos/mes de servicios prestados en la Administración Pública en tareas propias de la Subescala o Cuerpo de origen, hasta un máximo de 6 puntos.

b) Formación: Se valorará hasta un máximo de 1 punto la realización de cursos de formación, siempre que se encuentren relacionados con los contenidos de la plaza convocada y sean impartidos según el siguiente baremo:

- De 10 a 20 horas: 0,10 puntos.

- De 21 a 40 horas: 0,20 puntos.

- De 41 a 60 horas: 0,30 puntos.

- De 61 a 100 0,50 puntos.

- De 101 a 200: 0,75 puntos.

- De 200 en adelante: 1,00 punto.

Undécima. Constituido el Tribunal se procederá a la evaluación de los méritos alegados y justificados documentalmente según el baremo establecido en el apartado a) y b) de la disposición décima. La puntuación máxima en la fase de concurso será de 7 puntos.

Fase de oposición.

Duodécima. La fase de oposición constará de dos ejercicios, uno teórico y otro práctico.

Primer ejercicio (teórico): Consistirá en un test teórico de 20 preguntas, referidas a las materias comprendidas en el Bloque I del temario que figura en el Anexo I, para lo cual los

aspirantes dispondrán de un tiempo de 30 minutos. En el test se formulará una pregunta con tres respuestas alternativas, de las cuales sólo una será la correcta. Este ejercicio se puntuará de

0 a 10 puntos, a razón de 0,50 puntos por cada respuesta acertada, sin que disminuya la puntuación las respuestas contestadas erróneamente.

Segundo ejercicio (práctico): Consistirá en la realización, en un plazo de dos horas de un supuesto práctico relativo a las materias contenidas en el Bloque II del temario que figura en el Anexo I.

El Tribunal facilitará a los aspirantes un total de dos supuestos prácticos, debiendo los aspirantes realizar uno de los casos propuestos.

El Tribunal valorará la adecuada estructuración, claridad en la exposición y correcta aplicación de la legislación. Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, debiendo aprobarse con un mínimo de cinco puntos para entender que el aspirante ha superado la fase de oposición.

La calificación del segundo ejercicio será la media resultante de dividir la suma de los puntos otorgados por cada uno de los miembros del Tribunal entre el número de los mismos. La votación será secreta.

9. Sistema de calificación de la fase de oposición

Decimocuarta. La puntuación máxima de la fase de oposición será de 20 puntos.

La puntuación total de la fase de oposición será el resultado de la suma de las calificaciones obtenidas por los aspirantes en todos y cada uno de los ejercicios.

Se entenderá que han superado la fase de oposición aquellos aspirantes que hayan obtenido un mínimo, de 10 puntos, una vez calculada la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

La puntuación máxima total será de 27 puntos, y resultará de sumar la obtenida en ambas fases, de concurso y oposición.

En caso de que se produzca empate entre dos o más aspirantes, primará la mayor puntuación obtenida por cada uno en la fase de oposición.

10. Puntuación final y propuesta de nombramiento.

Decimoquinta. Finalizadas las fases de concurso y la de oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios de la Corporación, la puntuación de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición así como la propuesta de

nombramiento a favor de los aspirantes, que hayan obtenido mayor puntuación total sin que puedan rebasar éstos el número de plazas convocadas.

11. Presentación de documentos.

Decimosexta. Los aspirantes dada su condición de funcionarios públicos, están exentos de la necesidad de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación acreditando la condición de funcionario y demás circunstancias que consten en su expediente personal en el plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la relación de aprobados, sin perjuicio de las ya presentadas en la fase de concurso.

Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, el interesado no presenta los documentos o de los mismos se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la depuración de otras responsabilidades que pudieran existir.

En este caso, reunido el tribunal, propondrá al Presidente de la Corporación el nombramiento a favor del aspirante que, habiendo aprobado todos los ejercicios de la fase de oposición, figurara en el puesto inmediato inferior en orden de

calificación al último aspirante propuesto.

Una vez ratificada por la Presidencia de la Corporación la propuesta del Tribunal Calificador, el opositor u opositores nombrados habrán de tomar posesión en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente en que les sea notificado el nombramiento, publicándose la misma en el Boletín Oficial de la Provincia.

12. Impugnación

Decimoséptima. La presente convocatoria, podrá ser impugnada por los interesados mediante la interposición con carácter potestativo, del recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el BOP de las presentes bases, ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992 en su redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero o del recurso extraordinario de revisión, cuando concurra alguna de las causas establecidas en el art. 118 de la misma norma, ante el mismo órgano que dictó el acto, aun cuando éste sea firme en vía administrativa.

Si optaran por no recurrir en la vía administrativa, podrán los interesados acudir a la vía jurisdiccional, interponiendo el recurso contencioso-administrativo ante el la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el art. 25 de la Ley 29/1998 de 13 julio.

Los actos del Tribunal, se recurrirán en alzada ante el Presidente de la Corporación, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 en su redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.

13. Otras incidencias.

Decimoctava. La presentación de instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, supone el sometimiento expreso del aspirante a estas bases que tienen la consideración de Ley reguladora de la convocatoria.

ANEXO I

BLOQUE I

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y

contenido. Caracteres. Principios Generales. Reforma, de la Constitución.

Tema 2. El Régimen Local Español: Principios Constitucionales. Regulación Jurídica. Clases de Entidades Locales.

Tema 3. Organización territorial del Estado en la Constitución. Regulación. Principios Generales.

Tema 4. Los Estatutos de Autonomía. Su significado.

Tema 5. La Ley General Tributaria. La Ley de derechos y garantía de los contribuyentes.

Tema 6. El administrado: Concepto y clases. Capacidad de obra. Causas que modifican la capacidad de obrar de los

administrados.

Tema 7. El acto administrativo: Concepto, elementos y clases.

Tema 8. Principios generales del procedimiento administrativo. Dimensión temporal del procedimiento. Término y plazos.

Tema 9. Fases del procedimiento administrativo.

Tema 10. Invalidez del acto administrativo. Convalidación de los actos anulables.

Tema 11. Revisión de oficio: Disposiciones y actos nulos. Declaración de lesividad de actos anulables. Límites de la revisión. Revocación.

Tema 12. Los recursos administrativos. Concepto y clases.

Tema 13. Recurso de alzada: Objeto. Plazos. Recurso de

reposición: Objeto. Plazos. Recurso de revisión: Objeto y naturaleza. Plazos. Resolución.

Tema 14. Los recursos de los municipios, Tributos propios de las Entidades Locales, Impuestos, Tasas y Contribuciones Especiales.

BLOQUE II

Tema 15. Ordenanzas Fiscales.

Tema 16. La Tesorería en las Entidades Locales. Funciones que comprende.

Tema 17. El procedimiento de recaudación en período voluntario.

Tema 18. Aplazamiento y fraccionamiento.

Tema 19. Formas de extinción de la deuda tributaria.

Tema 20. El procedimiento de recaudación en vía de apremio.

Segunda. Exponer al público las presentes bases en el BOP, y BOJA, así como anuncio de convocatoria en el BOE.

Dado por el Sr. Alcalde-Presidente don José Medrano Nieto, ante el Secretario del Ayuntamiento, don Joaquín Alonso Varo, a los solos efectos de dar fe, en Fuentes de Andalucía, 7 de octubre de 2003.- El Alcalde ante mí, La Secretaria. Firmas ilegibles. El Alcalde, José Medrano Nieto.

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