Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 21/06/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 3 de junio de 2004, de la Delegación del Gobierno de Jaén, por la que se dispone la publicación del trámite de subsanación de errores en las solicitudes de subvención presentadas por las Entidades Locales andaluzas que dispongan de Oficina de Información al Consumidor, según la Orden de convocatoria que se cita.

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Mediante la Orden de 16 de febrero de 2004 se efectúa convocatoria para el año 2004 de subvenciones a Entidades Locales andaluzas que dispongan de Oficinas de Información al Consumidor.

En el artículo único de la citada Orden se dispone que la convocatoria se regirá en todos sus aspectos por lo dispuesto en la Orden de 30 de enero de 2003 (BOJA núm. 32, de 17 de febrero de 2003), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales andaluzas que dispongan de Oficinas de Información al Consumidor.

Comprobadas las solicitudes presentadas en plazo por las Entidades Locales que se relacionan en Anexo, así como la documentación aportada por las mismas, se observa que los documentos requeridos en la convocatoria no han sido debidamente adjuntados o no son correctos.

A la vista de los anteriormente expuesto: RESUELVO

1. Requerir a cada una de las Entidades Locales indicadas en el Anexo para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOJA de la presente, remitan a la Delegación de Gobierno de Jaén la documentación preceptiva señalada en el mismo, necesaria para la oportuna tramitación de expediente, teniéndole, en caso contrario, por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto de conformidad con lo establecido por el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJAP- PAC.

2. Dicha relación será expuesta desde la fecha de su publicación, hasta transcurridos diez días, fecha en la que se agotará el plazo para efectuar la subsanación de errores aludida. El lugar donde se expondrá será la Delegación del Gobierno de Jaén, sita en Plaza de las Batallas, 3 (Jaén).

3. Ordenar la publicación del presente acto en BOJA.

Jaén, 3 de junio de 2004.- El Delegado del Gobierno, Francisco Reyes Martínez.

(*) Documentos a aportar:

1 Impreso de solicitud cumplimentado en todos sus apartados (art. 5.1 y 2, Orden de 30.1.2003).

2 Proyecto descriptivo de las actividades a desarrollar por la Oficina de Información al Consumidor durante todo el año natural en que se realice la convocatoria (art. 6.1.a) (inversiones) y 6.2.a) (Gastos Corrientes).

3 Certificado acreditativo del presupuesto total que la Entidad Local destine a materia de consumo en el año en el que se produzca la convocatoria (art. 6.1.b) (inversiones) y

6.2.b) (Gastos Corrientes).

4 Certificado del acuerdo del órgano competente de la Entidad Local por el que se apruebe:

- Presupuesto desglosado de las inversiones a realizar.

- Importe de la subvención que se solicita.

- En caso de que la Entidad Local se comprometa a colaborar en la de financiación de la inversión, cantidad que aportaría (art. 6.1.c).

5 Certificado del acuerdo del órgano competente de la Entidad Local por el que se apruebe:

- Descripción de los gastos corrientes a subvencionar y actividades que con ellos se realizarán.

- Importe de la subvención que se solicita.

- En caso de que la Entidad Local se comprometa a colaborar en la financiación de los gastos de funcionamiento, cantidad que aportaría (art. 6.2.c).

6 Declaración responsable de que sobre el solicitante no ha recaído resolución administrativa o judicial firme de

reintegro o, en su caso, acreditación de su ingreso, o

aplazamiento o fraccionamiento de la deuda correspondiente (art. 6.1.d y 6.2.d).

7 En caso de que la Oficina de Información al Consumidor haya sido creada en el año anterior a la convocatoria, certificado en el que conste la fecha de creación y el nombre del

responsable de la misma (art. 6.1.e y 6.2.e).

8 Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad del representante de la Entidad Local que suscriba la solicitud (art. 6.1.f y 6.2.f).

9 Fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la Entidad Local (art. 6.1.g y 6.2.g).

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