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Con fecha 24.11.2004 el Excmo. Ayuntamiento de Siles solicita ampliación del plazo de ejecución del proyecto subvencionado en el expediente epigrafiado, del cual resultan los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
1.º El Excmo. Ayuntamiento citado, al amparo de la convocatoria que para el ejercicio 2004 se contiene en la Orden de 27 de enero de 2004 de la Consejería de Gobernación, con fecha 23 de marzo de 2004 presentó solicitud de subvención por importe de 32.853,60 E y con la finalidad de ejecutar e proyecto de "Reparaciones en Cementerio Municipal" cuyo presupuesto asciende a 36.504,00 E.
2.º En virtud de Resolución de fecha 2 de agosto de 2004 (BOJA núm., de 14 de septiembre de 2004) se acuerda el otorgamiento de la subvención por importe de 32.853,60 E; en dicha Resolución se establece un plazo de tres meses, a contar a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución ante citada, para la ejecución de la actuación para la que ha sido otorgada.
3.º La solicitud de ampliación del plazo de ejecución y justificación se presenta antes de expirar dicho plazo y se basa, en resumen, en los siguientes extremos: el comienzo de la temporada agrícola en la provincia así como las inclemencias meteorológicas de la época hacen complicada la ejecución en el plazo previsto.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. El art. 19.2 del Decreto 254/2001 de 20 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico dispone cuando así lo prevean las bases reguladoras y en los términos de las mismas, el beneficiario de la subvención podrá solicitar al órgano concedente la modificación de la resolución de concesión, incluidos la ampliación de los plazos de ejecución y justificación.
2. El párrafo segundo del art..2 de la Orden de 27 de enero de
2004 antes citada, en relación con el art..2 del Decreto
254/2001 citado en el párrafo anterior, prevé dicha posibilidad cuando existan razones justificadas debidamente acreditadas y a instancia del interesado sin que esta ampliación pueda exceder de la mitad de dichos plazos en concordancia con el art. 49 de la Ley 30/92 de RJAP y PAC.
3. El art..3 del precitado Decreto 254/2001 dispone la competencia de esta Delegación del Gobierno para acordar la modificación de la resolución de concesión.
Vistas las disposiciones citadas y las demás, de general aplicación se acuerda la siguiente resolución:
Conceder al Ayuntamiento de Siles una ampliación de 1 mes y 15 días al plazo de ejecución inicialmente concedido en el expediente IR2315804.
El contenido de la resolución de otorgamiento dictada con fecha 2.8.2004 permanecerá inalterado en todos sus demás extremos.
Notifíquese la presente Resolución al Ayuntamiento y publíquese mediante su inserción en el BOJA.
Lo que se le comunica con advertencia de que contra la
presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación; todo ello de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Jaén, 1 de diciembre de 2004.- El Delegado del
Gobierno, Francisco Reyes Martínez.