Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 21/01/2005

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 21 de diciembre de 2004, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (en lo sucesivo LOU) y en el R.D. 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos (en adelante RDH) y a tenor de lo establecido en el Estatuto de la Universidad de Sevilla (en adelante EUS), aprobado por Decreto 324/2003 de la Junta de Andalucía, y modificado por Decreto 348/2004 de la Junta de Andalucía.

Este Rectorado, en el uso de las atribuciones que le confieren los artículos 20 de la LOU y 20 del EUS, ha resuelto convocar concurso de acceso las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Sevilla, incluidas en la vigente RPT y comunicadas a la Secretaría del Consejo de Coordinación Universitaria a efectos de las pruebas de habilitación (Resolución de la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria de 5 de julio de 2004, BOE de 30 de julio), con sujeción a las siguientes:

BASES

1. Normas generales.

Este concurso se regirá por lo dispuesto en la LOU, el RDH y el EUS, así como por las presentes bases y, con carácter supletorio, por lo previsto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en lo sucesivo LRJAP/PAC), y en la legislación general de funcionarios civiles del Estado.

2. Requisitos de los candidatos.

Para ser admitidos a estas pruebas selectivas deberán reunirse los siguientes requisitos:

2.1. Requisitos generales.

A) Nacionalidad.

Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Igualmente podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se les reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles, a cuyo efecto el Consejo de Coordinación Universitaria recabará informe de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.

En el momento de presentación de la solicitud de participación deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del R.D. 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen y traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo del concurso y cuyo conocimiento será exigible a todos los

participantes. A tal fin se celebrará una prueba de

conocimiento, de la que estarán exentos los concursantes de nacionalidad española y los que acrediten estar en posesión del DELE.

B) Edad. Tener cumplidos 18 años y no haber superado los 70.

C) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

D) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la

Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que les impida, en su Estado, el acceso a la Función pública.

2.2. Requisitos específicos.

A) Acreditar hallarse habilitados para el cuerpo docente universitario y área de conocimiento de que se trate, conforme a los supuestos previstos en el artículo 15 del RDH.

B) No podrán participar en este concurso de acceso a las plazas de cuerpos docentes universitarios quienes se hallen incursos en la prohibición contenida en el artículo 17.7 del RDH, es decir, aquéllos que no hayan desempeñado durante al menos dos años la plaza anteriormente obtenida por el concurso de acceso a que se refiere el artículo 14 del citado RDH.

C) Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

3. Solicitudes.3.1. Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de Sevilla, según el modelo establecido en el Anexo III, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la LRJAP/PAC, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOE, junto con los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o tarjeta de identidad.

b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos establecidos en la base 2.2.

3.2. Derechos de examen: Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Sevilla, en concepto de derechos de examen la cantidad de 18 euros. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en el Banco Santander Central Hispano, en la cuenta núm. 0049.2588.71.2114241655 (núm. identificación:

750), con el título Universidad de Sevilla, abierta en dicha entidad. A la solicitud deberá adjuntarse el justificante original acreditativo del ingreso por el citado concepto. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de

presentación de instancias no es subsanable, lo cual

determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Sevilla dictará, en el plazo máximo de veinte días hábiles, una resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará, junto con las listas completas de admitidos y excluidos, en el tablón de anuncios del Rectorado y se

notificará a los concursantes.

Contra dicha resolución los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la recepción de la

notificación o bien subsanar en dicho plazo el motivo de la exclusión.

4.2. Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará una resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se

publicará y notificará en la forma anteriormente establecida, y, además, se comunicará al Presidente de la Comisión. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo de Sevilla, o potestativamente recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, en cuyo caso no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de

reposición.

5. Comisiones.5.1. La composición de las Comisiones es la que figura en el Anexo II de la presente convocatoria.

Las Comisiones deberán constituirse en el plazo de los treinta días siguientes a la fecha de publicación de la convocatoria. Para ello el Presidente titular de la Comisión, realizadas las consultas pertinentes con los restantes miembros, convocará a los titulares y, en su caso, a los suplentes para proceder al acto de constitución de la misma fijando lugar y fecha. En dicho acto la Comisión fijará y hará públicos los criterios específicos para la valoración del concurso, que deberán incluir, al menos, los méritos de investigación, la

experiencia docente, la adecuación de los programas al perfil, y otros méritos. Una vez aprobada la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, el Presidente de la Comisión dictará resolución en el plazo de diez días hábiles,

convocando a todos los candidatos admitidos para realizar el acto de presentación, con señalamiento del día, hora y lugar de su celebración, y en la que se comunicarán los criterios de valoración. Ambas resoluciones habrán de ser notificadas a sus destinatarios con una antelación de diez días naturales respecto a la fecha del acto para el que son convocados.

6. Acto de presentación.

En el acto de presentación, que será público, los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión, por quintuplicado, la siguiente documentación:

- Programa de, al menos, una de las asignaturas incluidas en el perfil de la plaza. Debe contener: El temario detallado, reseña metodológica y bibliográfica, sistema y criterios de evaluación y calificación. La extensión máxima será de 30 páginas de tamaño A4 con letra de 12 pt. de cuerpo, con espaciado interlineal de 1,5 y márgenes de 2,5 cm.

- Breve proyecto en el que figuren sus planteamientos docentes e investigadores, con una extensión máxima de 50 páginas de tamaño A4 con letra 12 pt. de cuerpo, con espaciado

interlineal de 1,5 y márgenes de 2,5 cm.

- Currículum vitae cuyos apartados deberán adaptarse a los criterios específicos de valoración para la adjudicación de la plaza.

El inicio de las pruebas se establecerá en el período

comprendido entre el día siguiente y 15 días después de la presentación.

7. Pruebas.

El concurso constará de una única prueba que consistirá en la exposición y discusión del programa, el proyecto y el

currículo del candidato con la comisión en entrevista pública.

El candidato dispondrá de un máximo de una hora para su exposición y el debate con la comisión podrá extenderse hasta un tiempo máximo de dos horas.

Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado (necesariamente individual de cada miembro de la Comisión sobre cada candidato) que debe incluir: Valoración de cada uno de los apartados de los criterios específicos, voto favorable o desfavorable y

motivación del voto.

Cada miembro de la Comisión podrá votar favorablemente a, como máximo, tantos candidatos como plazas sean objeto del

concurso, sin que sea posible la abstención.

8. Resolución del concurso.

La Comisión juzgadora propondrá al Rector, para su

nombramiento, con carácter vinculante, una relación por orden de preferencia de todos los candidatos que obtengan tres o más votos. Dicha relación vendrá predeterminada por la votación que, a la vista de los informes señalados en la base anterior, efectúe la Comisión. La citada propuesta se publicará en el lugar en el que se haya celebrado la prueba.

El tiempo transcurrido entre la publicación de la convocatoria y la resolución del concurso no podrá exceder de cuatro meses.

Junto con la propuesta, el Secretario de la Comisión deberá entregar, en la Secretaría General de la Universidad, Sección de Programación Docente (Ngdo. de Concursos), en los siete días hábiles siguientes a la finalización de la actuación de la misma, toda la documentación relativa a las actuaciones de la Comisión, así como una copia de la documentación entregada por cada candidato, y además las siguientes Actas:

- Acta de constitución de la Comisión.

- Acta de determinación de los criterios de valoración.

- Acta de celebración de la prueba (una por cada candidato) que incluirá los informes razonados citados en la base.

- Acta de recepción de informes y votación.

- Propuesta de provisión.

Finalizado el concurso, y siempre que no se haya interpuesto ninguna reclamación y/o recurso, la documentación depositada en el Negociado de Concursos deberá ser retirada por los interesados en el plazo máximo de tres meses desde la

resolución del concurso. Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la documentación que no haya sido retirada.

Contra la propuesta de la Comisión juzgadora los candidatos podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación.

Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el

nombramiento hasta su resolución definitiva.

La reclamación será valorada por la Comisión prevista en el artículo 18 del RDH y en el artículo 87 del Estatuto de la Universidad de Sevilla.

9. Documentación a presentar por los candidatos propuestos.

Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar, en los veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en el Servicio de Personal Docente o por cualquiera de los medios previstos en el artículo.4 de la LRJAP/PAC, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.

b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D.

543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) Documentación acreditativa de reunir los requisitos del artículo 5 del RDH.

Quien tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

10. Nombramiento y toma de posesión.

El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector, después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la

denominación de la plaza: Cuerpo, Area de Conocimiento y Departamento. Dicho nombramiento será publicado en el BOE y en el BOJA y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria.

En el plazo máximo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario docente universitario del Cuerpo de que se trate.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-

administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente, puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá

interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la LRJAP/PAC.

Sevilla, 21 de diciembre de 2004.- El Rector, Miguel Florencio Lora.

ANEXO I

UNIVERSIDAD DE SEVILLA

I. CATEDRATICOS DE UNIVERSIDAD

1. Cuerpo al que pertenece la plaza: Catedráticos de

Universidad. Area de conocimiento a la que corresponde: "Ciencias y Técnicas Historiográficas". Departamento al que está adscrita: Historia Medieval y Ciencias y Técnicas

Historiográficas. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Paleografía y Diplomática.

2. Cuerpo al que pertenece la plaza: Catedráticos de

Universidad. Area de conocimiento a la que corresponde: "Estadística e Investigación Operativa". Departamento al que está adscrita: Estadística e Investigación Operativa.

Actividades a realizar por quien obtenga la plaza:

Investigación Operativa.

ANEXO II

CONCURSOS CONVOCADOS POR RESOLUCION

DE 21 DE DICIEMBRE DE 2004

CUERPO DE CATEDRATICOS DE UNIVERSIDAD

AREA DE CONOCIMIENTO: CIENCIAS Y TECNICAS

HISTORIOGRAFICAS-1

Comisión Titular:

Presidente: Don Manuel Romero Tallafigo, Catedrático de Universidad de la Universidad de Sevilla.

Vocales:

Don José Ignacio Fernández de Viana, Catedrático de

Universidad de la Universidad de Granada.

Doña María Josefa Sanz Fuentes, Catedrática de Universidad de la Universidad de Oviedo.

Don Jesús Alturo Perucho, Catedrático de Universidad de la Universidad Autónoma de Barcelona.

Vocal Secretario: Don José Antonio Fernández Flores,

Catedrático de Universidad de la Universidad de Burgos.

Suplentes:

Don José Manuel Ruiz Asencio, Catedrático de Universidad de la Universidad de Valladolid.

Doña Carmen Calero Palacio, Catedrática de Universidad de la Universidad de Granada.

Don Carlos Sáez Sánchez, Catedrático de Universidad de la Universidad de Alcalá de Henares.

AREA DE CONOCIMIENTO: ESTADISTICA E INVESTIGACION OPERATIVA-2

Comisión Titular:

Presidente: Don Rafael Infante Macías, Catedrático de

Universidad de la Universidad de Sevilla.

Vocales:

Don Antonio Pascual Acosta, Catedrático de Universidad de la Universidad de Sevilla.

Don Francisco Ramón Fernández García, Catedrático de

Universidad de la Universidad de Sevilla.

Don Joaquín Muñoz García, Catedrático de Universidad de la Universidad de Sevilla.

Vocal Secretario: Don Justo Puerto Albandoz, Catedrático de Universidad de la Universidad de Sevilla.

Suplentes:

Don José María Caridad Ocerín, Catedrático de Universidad de la Universidad de Córdoba.

Don Ramón Gutiérrez Jáimez, Catedrático de Universidad de la Universidad de Granada.

Don Antonio Martín Andrés, Catedrático de Universidad de la Universidad de Granada.

Doña Josefa Linares Pérez, Catedrática de Universidad de la Universidad de Granada.

Don Domingo Morales González, Catedrático de Universidad de la Universidad Miguel Hernández de Elche.

height="15">.

Descargar PDF