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El artículo duodécimo de la Orden de 28 marzo de 2005, por la que se convocan licencias por estudios para funcionarios y funcionarias docentes dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, establece que la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, procederá a dictar por delegación, la resolución definitiva de concesión de licencias por estudios y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Por otro lado la Disposición Final Segunda, en su apartado uno, establece la delegación para resolver a favor de la Dirección General mencionada.
En consecuencia, y en el ejercicio de las competencias establecidas en el Decreto 246/2000, de 31 de mayo, esta Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado
RESUELVE
Primero. Conceder licencias por estudios a las personas que figuran en el Anexo I, donde se establece la modalidad y el período adjudicado.
Segundo. Comunicar esta lista a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos para el envío de profesorado sustituto, durante el período correspondiente, a los centros de servicio donde desempeñan su trabajo los profesores o las profesoras a las que se les ha concedido dicha licencia.
Tercero. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en BOJA. No obstante también se hará pública a través de los tablones de anuncios y en la página web de esta Consejería y sus Delegaciones Provinciales.
Cuarto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante la Ilma. Sra. Directora General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 107.1,
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 3 de agosto de 2005.- La Directora General, Carmen Rodríguez Martínez.
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CODIGOS DE LICENCIAS Y PLAZOS
A Totalmente Retribuidas
B CParcialmente Retribuidas (50% Retribución) BC Parcialmente Retribuidas (Reducción 50% jornada con 100% Retribución)
C Sin Retribución
1. 12 meses (desde el 1 de septiembre hasta el 31 de agosto)
2. Semestral (desde el 1 de septiembre hasta el 28 de febrero)
3. Semestral (desde el 1 de enero hasta el 30 de junio)
4. Trimestral (desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre)
5. Trimestral (desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo)
6. Trimestral (desde el 1 de abril hasta el 30 de junio)
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