Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 11/02/2005

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

EDICTO de la Sección Quinta dimanante del rollo de apelación núm. 896/2002.

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NIG: 2906737C20020002475.

Núm. procedimiento: Rollo Apelación Civil 896/2002.

Asunto: 500915/2002.

Autos de: Acogimiento 820/2001.

Juzgado de origen: Juzg. de 1.ª Instancia núm. Seis de Málaga.

Negociado: CB.

Apelante: Isabel López Avila.

Procurador:

Abogado:

Apelado: Consejería de Asuntos Sociales y Fiscal.

Procurador:

Abogado:

E D I C T O

Audiencia Provincial de Málaga 5.

Recurso Rollo Apelación Civil 896/2002.

Parte Apelado.

Sobre auto recurrido 19.4.2002.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte apelada Juan A. Fernández Pedregosa por providencia de 19 de enero de 2005 el Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley

1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Tribunal y en el BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación del auto dictado por la Sala en fecha 7 de octubre de 2004, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

AUTO: En la Ciudad de Málaga, a siete de octubre de dos mil cuatro. Visto, por la Sección 5.ª de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra el auto dictado en juicio de Acogimiento seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Isabel López Avila que en la instancia fuera parte demandada. Es parte recurrida Consejería de Asuntos Sociales y Fiscal, que en la instancia ha litigado como parte demandante. Creado este órgano judicial como medida de apoyo y refuerzo por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de fecha 20 de mayo de 2003 y formado por los Ilmos. Sres. del margen, a los que les ha sido turnado el presente juicio para su resolución de entre los seguidos por el trámite de la Ley 1/2000 que penden en esta Sala, conforme al proveído que antecede a esta resolución definitiva.

La Sala acuerda que, estimando la apelación formulada por doña Isabel López Avila contra el auto de 19 de abril de 2002, dictado por el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de esta Capital en los autos de acogimiento 820/01, debemos revocar y revocamos la aprobación del acogimiento simple del menor Cristian, el cual deberá reitegrarse con la madre, confirmando el resto de la resolución, sin hacer pronunciamiento en costas al ser la cuestión debatida materia de orden público.

En Málaga, a diecinueve de enero de dos mil cinco. El

Secretario Judicial.

La extiendo yo, el Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios y su remisión al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su publicación y sirva de notificación a don Juan A. Fernández Pedregosa, actualmente en ignorado paradero. Doy fe en Málaga a 19 de enero de 2005.- El

Secretario Judicial.

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