Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 08/05/2006

3. Otras disposiciones

Otros. ENTE PUBLICO ANDALUZ DE INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS EDUCATIVOS

RESOLUCION de 25 de abril de 2006, de modificación de la de 21 de diciembre de 2005, de delegación de competencias en los Coordinadores Provinciales de dicho Ente.

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El art. 13 de los Estatutos del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos, aprobados por Decreto 219/2005, 12 de octubre, atribuye a la Dirección General la gestión directa de las actividades del Ente Público.

En sesión de 20 de octubre de 2005 del Consejo Rector del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Edu

cativos, se aprobó el documento de organización del Ente, en el que se especifica que a nivel provincial el Ente Público se estructura en Coordinaciones Provinciales.

Por Resolución de la Dirección General del Ente de 21 de diciembre de 2005 (BOJA núm. 10, de 17 de enero), se delegan competencias en los Coordinadores Provinciales del Ente para contratar en el ámbito de sus competencias hasta una cuantía máxima de 600.000 E, así como aprobar el gasto correspondiente.

Sin perjuicio de un exacto cumplimiento de la planificación establecida, se es consciente de que para la mejora de la eficacia y eficiencia en la gestión del transporte, comedores, aulas matinales y actividades extraescolares y, en general, la relativa a los servicios complementarios de la enseñanza no universitaria, resulta más adecuada su gestión desde las Coordinaciones Provinciales en su totalidad, independientemente de su cuantía.

R E S U E L V O

Primero. Se añade un nuevo inciso a la disposición primera, apartado 3.º, de la Resolución de 21 de diciembre de 2005 (BOJA núm. 10, de 17 de enero), de delegación de competencias en los Coordinadores Provinciales, que queda redactado así:

"3.º Contratar en el ámbito de sus competencias hasta una cuantía máxima de 600.000 E, así como aprobar el gasto correspondiente. Esta cuantía máxima no regirá cuando se trate de contrataciones relacionadas con la gestión del transporte, comedores, aulas matinales y actividades extraescolares y, en general, la relativa a los servicios complementarios de la enseñanza no universitaria".

Segundo. El Director General del Ente podrá, en cualquier momento, revocar la delegación de competencias contenida en la presente Resolución, así como avocar para sí el conocimiento de cualquier asunto objeto de delegación en la presente Resolución.

Tercera. En los acuerdos que se adopten en virtud de esta delegación, deberá hacerse constar la oportuna referencia a esta Resolución.

Cuarta. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de abril de 2006.- El Director General,

Fernando Contreras Ibáñez.

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