Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Para general conocimiento y tras haberse procedido previamente a la inscripción y depósito del Instrumento urbanístico de referencia en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Málaga y en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 y 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía se Acuerda la publicación de la resolución y normativa correspondiente al citado Instrumento urbanístico según los contenidos de los Anexos 1 y 2, respectivamente.
Sevilla, 3 de septiembre de 2007
CONCEPCIÓN GUTIÉRREZ DEL CASTILLO
Consejera de Obras Públicas y Transportes
ANEXO 1. RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN DE 7 DE MAYO DE 2007, DE LA CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE MÁLAGA EN EL SUP-LO2 Y EN LOS SISTEMAS GENERALES LO-2, LO-3 Y LO-4 DEL SUELO URBANIZABLE PROGRAMADO Y SISTEMA GENERAL LO-5 DEL SUELO NO URBANIZABLE
El Ayuntamiento de Málaga ha formulado la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística que afecta, de una parte, a los Sistemas Generales LO-2, LO-3 Y LO-4 del suelo urbanizable programado y al LO-5 del suelo no urbanizable y, de otra, a la ordenación pormenorizada del sector de suelo urbanizable programado SUP-LO2.
La citada Modificación ha sido aprobada inicialmente mediante acuerdo del Ayuntamiento en Pleno, de 30 de octubre de 2003 y provisionalmente mediante Acuerdo del Pleno de 27 de mayo de 2004.
La Delegación Provincial de esta Consejería en Málaga ha informado el expediente el 25 de enero de 2005 y la Dirección General de Urbanismo ha emitido informe el 3 de mayo de 2007.
El artículo 4.3.c del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con el artículo 31.2.b y 36.2.c.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, atribuye al titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes la competencia para aprobar definitivamente las modificaciones de Planes Generales de Ordenación Urbanística que afecten a la ordenación estructural, en relación con los municipios de más de 100.000 habitantes, en este caso Málaga,
Vistos los informes mencionados y las disposiciones legales de aplicación y de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas por el art. 4.3.c del Decreto 220/2006,
RESUELVO
Primero. Aprobar la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Málaga relativa al SUP-LO2 y los Sistemas Generales LO-2, LO-3 y LO-4 del Suelo Urbanizable Programado y Sistema General LO-5 del Suelo No Urbanizable, según lo previsto en el artículo 33.2.a de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Segundo. Este Acuerdo se notificará al Ayuntamiento de Málaga y, tras su inscripción en los Registros de Instrumentos Urbanísticos municipal y autonómico, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 41.1 y 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La Consejera de Obras Públicas y Transportes. Fdo.: Concepción Gutiérrez del Castillo.
ANEXO 2. NORMATIVA URBANÍSTICA | ||||
1. EDIFICABILIDADES PROPUESTAS | ||||
EDIFICABILIDADES PROPUESTAS | ||||
Manzana | Superficie | Edificabilidad (m |
Índice Edificabilidad (m |
Nº viviendas |
CO-2 | --- | --- | --- | --- |
R-10 | 6.769,11 | 15.908 | 2,35 | 154 |
R-11 | 7.026,70 | 16.513 | 2,35 | 158 |
TOTAL | 13.795,81 | 32.421 | 2,35 | 312 |
2. VARIACIONES DIMENSIONALES PROPUESTAS EN LOS ÁMBITOS. | ||
Previo (m | Modificado (m | |
SUP-LO-2 | 471.100 | 470.820 |
SG-LO-2 | 59.024 | 60.037 |
SG-LO-3 | 169.865 | 174.777 |
SG-LO-4 | 51.134 | 46.334 |
SG-LO-5 | 393.907 | 393.062 |
3. CUADROS DE ÁREAS DE REPARTO PROPUESTOS | ||||||||||||
Cód | Denominación | Superficie | I.edf. | Techo | CPH | AREAL | ATipo | ASA | Excesos | Edif.. propietarios | ||
m²s | m²t/m²s | m²t | uu.aa | uu.aa | uu.aa | uu.aa | m²t | m²t/m²s | % | |||
LO-2 | Finca el Pato | 470.820 | 0,770 | 362.531 | 1,000 | 362.531 | 211.869 | 190.682 | 171.849 | 190.682 | 0,405 | 53 |
Total sectores |
14.171.335 | 5.693.358 | 8.041.156 | 6.376.756 | 5.738.977 | 2.302.026 | 4.028.324 | |||||
Sistemas generales |
3.699.761 | |||||||||||
TOTALES | 17.871.096 | 8.040.940 |
4. SISTEMAS GENERALES PROPUESTOS. | ||||||
DENOMINACIÓN | SUELO ADSCRITO | SUPERFICIE A OBTENER (m²) |
en SU (m²) | en SUP (m²) | en SUNP (m²) | en SNU (m²) |
SG-LO-2 | SUP | 60.037 | 0 | 60.037 | 0 | 0 |
SG-LO-3 | SUP | 174.777 | 0 | 174.777 | 0 | 0 |
SG-LO-4 | SUP | 46.334 | 0 | 46.334 | 0 | 0 |
SG-LO-5 | SNU | 393.062 | 0 | 0 | 0 | 393.062 |
TOTALES | 9.974.583 | 136.624 | 3.699.761 | 317.470 | 5.820.728 |