Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 12/12/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de mayo de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Huelva, dimanante del procedimiento de divorcio núm. 1148/2006.

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NIG: 2104142C20060007250.

Procedimiento: Divorcio Contencioso (N) 1148/2006. Negociado: Ma.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Huelva.

Juicio: Divorcio Contencioso (N) 1148/2006.

Parte demandante: Juana Hermoso Vespasiano.

Parte demandada: Santiago Ramírez Pérez.

Sobre: Divorcio Contencioso (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente: Divorcio Contencioso núm. 1.148/06.

SENTENCIA núm. 113/07

En Huelva a doce de abril de dos mil siete.

Vistos por la s.ª doña Susana Caballero Valentín, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Huelva, los autos de Juicio de Divorcio Contencioso núm. 1.148/06, seguidos a instancia de doña Juana Hermoso Vespaciano, representada por el Procurador de los Tribunales don Antonio Abad Gómez López y asistida del Letrado don Juan Moreno Domínguez, contra don Santiago Ramírez Pérez declarado en rebeldía y con la intervención del Ministerio Fiscal, procedo a dictar en nombre de S.M. el Rey, la siguiente resolución

FALL0

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por doña Juana Hermoso Vespaciano, contra don Santiago Ramírez Pérez acordar y acuerdo:

1. La disolución del vínculo matrimonial por divorcio de los cónyuges doña Juana Hermoso Vespaciano y don Santiago Ramírez Pérez que se comunicará de oficio a los Registros Civiles en que consten el matrimonio de los litigantes una vez alcance firmeza la presente resolución.

2. Que el hijo menor del matrimonio quede bajo la guarda y custodia de la madre, quedando compartida la patria potestad.

Se fija un régimen de visitas a favor del padre consistente en poder tener a su hijo en su compañía los fines de semana alternos desde el sábado a las 10 horas hasta el domingo a las 19 horas, efectuándose la entrega y la recogida en el domicilio materno a través de un familiar del padre.

3. Que el uso del domicilio familiar se atribuya a la madre, en compañía del menor.

4. Que como contribución del padre a los alimentos del hijo menor, se fija una pensión de alimentos por importe de 300 euros mensuales, que serán abonadas dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta que al efecto designe la madre, y que dicha cantidad se actualizarán anualmente a tenor del índice del precios al consumo.

5. Se acuerda la disolución del régimen económico matrimonial.

6. Quedan revocados todos los poderes y consentimientos que se hubieren otorgado los cónyuges entre sí.

Todo ello sin hacer expresa declaración en cuanto a las costas del procedimiento.

Firme que sea esta resolución, remítase testimonio de la misma al Sr. encargado del Registro Civil en que conste inscrito el matrimonio de los cónyuges y el nacimiento de los hijos y para la anotación correspondiente.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días desde su notificación, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Huelva, previa preparación por escrito ante este Juzgado (artículos 457 y ss).

Así, por esta mi Sentencia, de la que unirá certificación a los autos, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 9.5.07 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

Huelva, 9 de mayo de 2007.- El/La Secretario/a Judicial.

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