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NIG: 4109142C20070014783.
Procedimiento: J. Verbal (N) 482/2007. Negociado: 2.º
De: Juegomatic, S.A.
Procurador: Sr. Juan José Barrios Sánchez.
Contra: Doña Alexia Caballero Velázquez.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento J. Verbal (N) 482/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Sevilla a instancia de Juegomatic, S.A., contra Alexia Caballero Velázquez sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
En la ciudad de Sevilla, a doce de septiembre de dos mil siete.
El Iltmo. Sr. don Sebastián Moya Sanabria, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Dos de esta capital, ha visto los presentes autos Juicio Verbal número 482/07-2, instados por Juegomatic, S.A., representada por el procurador Juan José Barrios Sánchez, contra Alexia Caballero Velázquez, en este procedimiento que versa sobre reclamación de cantidad.
Fallo. Que estimando íntegramente la demanda deducida por el procurador Juan José Barrios Sánchez en nombre y representación de Juegomatic, S.A., contra Alexia Caballero Velázquez, debo declarar y declaro que la citada demandada adeuda a la demandante la cantidad de 3.000 euros, condenándola en consecuencia al pago de esa suma más los intereses rendidos por la misma desde la fecha de citación a vista, calculados al tipo de interés legal del dinero, todo ello con imposición de costas a la demandada.
Notifíquese esta Resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra ella puede interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que habrá de prepararse ante este Juzgado en un plazo de cinco días en la forma prescrita en el artículo 457.2 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Alexia Caballero Velázquez, en paradero desconocido, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a cinco de diciembre de dos mil siete.- El/La Secretario.
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