Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 11/06/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 25 de marzo de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Granada, dimanante del procedimiento ordinario núm. 483/2003. (PD. 2551/2008).

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NIG: 1808742C20030006812.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 483/2003. Negociado: Q.

Sobre: Ejercicio de la acción cambiaria.

De: Don José Fernández Orantes.

Procurador: Sr. Antonio Manuel Leyva Muñoz.

Letrado: Sr. Alberto Miguel Jaldo García.

Contra: Don Jeronimo Jorge Vanegas Delgado y doña Concepción Navarrete Lucena.

Edicto

Hago saber: Que en el procedimiento Ordinario núm. 83/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Granada a instancia de don José Fernández Orantes contra doña Concepción Navarrete Lucena y don Jorge Venegas Delgado, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 342/06

En Granada a 29 de diciembre de 2006.

Vistos por mí, don Alberto del Águila Alarcón, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Granada y los de su partido los autos de juicio ordinario núm. 483/03 promovidos a instancia de don José Fernández Orantes representado por el Procurador don Antonio Manuel Leyva Muñoz y asistido del Letrado Sr. Jaldo García contra doña Concepción Navarrete Lucena representada por la Procuradora doña Africa Valenzuela Pérez, y contra don Jorge Venegas Delgado, en rebeldía sobre reclamación de cantidad y en base a los siguientes

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Antonio Manuel Leyva Muñoz en nombre y representación de don José Fernández Orantes debo condenar y condeno solidariamente a doña Concepción Navarrete Lucena y a don Jorge Venegas Delgado a abonar a la actora la cantidad de cuatro mil novecientos ochenta y ocho euros más el interés legal de dicha cantidad a partir de la presente resolución así como al pago de las costas del procedimiento.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación y del que conocerá la llma. Audiencia Provincial de Granada

Así por ésta mi sentencia de la que se deducirá testimonio literal para su unión a los autos, juzgando en primera instancia la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma legal al demandado don Jorge Venegas Delgado, que se encuentra en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero, expido y firmo la presente en Granada, a veinticinco de marzo de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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